I.-Introducción
II.-
Determinación y conocimiento del personal (censo)
III.- Emergencia
Económica-Financiera
IV.- Transparencia y confianza
1.-La
necesidad de conocernos.
2.-La
necesidad de conocer los patrimonios de los funcionarios (antes y después de
haber ingresado a la administración pública).
3.-La necesidad de que los vecinos conozcan los
haberes de los funcionarios y que éstos se adecuen a la realidad económica.
4.-La
necesidad de tener certeza acerca de las fechas de ingreso y egreso del
personal político y su no permanencia en la administración.
5.-la
necesidad de reducir gastos superfluos.
6.-la
necesidad de defender los intereses municipales.
V.- Reducción de la Planta de
Personal: Sistemas alternativos implementados.
1.-Regimen de Jubilación Anticipada
2.-
Aplicación del Régimen de Jubilación Anticipada con variantes en la
administración municipal.
3.-Eliminación de cargos del Presupuesto
4.-Otras
medidas de reducción del gasto en personal
VI.- Reducción de Gastos en el Presupuesto de Personal: Sistemas
alternativos implementados.
1.-
Conversión de adicionales remunerativos en no remunerativos
2.-
Suspensión y derogación de normas dirigidas a privilegiar determinados sectores
de la administración.
3.-Eliminación
de horas extras y servicios extraordinarios. Trabajos por equipos y francos
compensatorios.
4.-Ordenamiento
del sistema de trabajo insalubre o tareas riesgosas.
VII.- Reducción de Deudas con el Personal: Sistemas
alternativos implementados.
VIII.- Determinación de la continuidad del estado de
Emergencia Económica Financiera.
1.-Año 2002
2.-Año
2003
IX.- En
busca de una nueva organización interna.
1.- El
Proyecto
2.-Observancia y permanencia.
3.- La
aprobación
X.- Conclusiones
I.-Introducción
En diciembre de 2001, la Argentina estalla con los
acontecimientos sociales, políticos y económicos que provocaron la renuncia del Pte. Fernando
de la Rúa, produciéndose entonces un periodo de inestabilidad institucional
durante el cual el país, tuvo 5
Presidentes surgidos de diferentes sectores del peronismo.
La ciudad de Concepción del Uruguay, ubicada a 295 km
de la Capital Federal con una población
de 100.728 habitantes, de acuerdo al último censo, fue uno de los lugares donde
la crisis se profundizó socialmente y se produjeron saqueos a comercios y
supermercados que provocaron pérdidas por más de seis (6) millones de dólares.
Económicamente, ya en el año
2000, la falta de liquidez obligó al Gobierno de la Provincia de Entre Ríos a la emisión de Letras de Tesorería de curso
legal denominados Bonos Federales, los cuales inundaron el mercado mediante el
pago de los haberes a los agentes públicos, incidiendo fuertemente en las
economías regionales y en los estados municipales.
Las cuasi monedas surgieron
en el país como un instrumento para solucionar el problema de circulante debido
a que las demoras en los pagos de haberes
y servicios quebró la cadena de pagos. El objetivo era que suplieran al
efectivo y sean aceptados por las prestadoras de servicios, el Estado y los
bancos para cancelar obligaciones crediticias.
Sin embargo, su pronta
devaluación, casi al 50% de su valor, trajo como consecuencia que el único
receptor de los bonos fue el Estado, Provincial y Municipal para el pago de
tasas, impuestos y refinanciación de deudas.
El Estado, emisor de los
bonos, abonaba los haberes con ellos y el mismo Estado los recibía como pago,
lo que produjo un círculo incontrolable, que fue utilizado por especuladores
para regularizar su situación fiscal, a un 50% de su valor original.
Hasta el mes de mayo de 2003
los Federales, convivieron con dos
cuasimonedas surgidas de Gobiernos Provinciales y Nacional: el Bono
Patacón-Letra de Cambio de la Provincia de Buenos Aires, el Bono Lecop, del
Estado Nacional.
La nueva gestión
municipal, asumida en diciembre de 1999, lo hizo en medio de una problemática y discutida gestión anterior,
con denuncias de corrupción y falta de transparencia institucional así
como enfrentamientos con sindicatos
internos y una gran dependencia del giro de fondos nacionales y provinciales a
través del sistema de Coparticipación, producido en gran medida por el atraso en el giro de esas remesas y la
falta de modernización de los sistemas de control tributario local
que repercute en su baja recaudación sobre las tasas locales.
En ese contexto debió adecuar sus objetivos a la crisis
y aplicar formas administrativas no tradicionales, que sobrepasaron cualquier
planificación que se podría haber realizado al comenzar la gestión.
El trabajo que se resume fue realizado por la
Secretaría de Control de Gestión de la Municipalidad de Gestión en el periodo
1999-2003, Intendencia del Dr. José Eduardo Laurito, conformado por los Dres.
María de los Angeles Petit, Carlos Ihlo, Andrés Herbón y Antonio Justo Parma.
II.- Determinación y conocimiento del personal
Inmersos en este contexto, uno
de los diversos problemas que requerían respuestas prácticas y rápidas fue cómo
realizar un ordenamiento del personal municipal desconociendo su número exacto
debido a la cantidad de contrataciones y trabajo no registrado a través de la
utilización de planes laborales nacionales
y la composición de la planta en cuanto a categorías, profesión, lugar
de efectiva prestación de servicios, etc.
Y fundamentalmente, como reducir el gasto, sin
ajustes indiscriminados y generales.
Para entender esta situación
se debe conocer la realidad que atravesaban, -y aún lo hacen- la mayoría de los
municipios argentinos.
Durante años y especialmente
desde el advenimiento de la democracia en 1983, con unas prácticamente
desaparecidas economías regionales y una fuerte caída del empleo, la
administración pública fue la única “empresa”
captadora de mano de obra.
Sumado esto, al clientelismo
político y los programas sociales asistencialistas implementados por sucesivas
gestiones, las plantas de personal municipal crecieron en forma alarmante y
desordenada.
La modalidad de ingreso a la planta permanente varió desde el ingreso
a través de los Programas Sociales hasta la confirmación de los contratos de
locación de servicios amparados por el principio de estabilidad constitucional.
Al asumir la gestión, el
Municipio enfrentaba:
a)imposibilidad concreta de
pago de los salarios mensuales de los agentes municipales ( los haberes
correspondientes a los meses de octubre y
noviembre de 1999 se abonaron a través de un crédito y sólo en
porcentajes netos);
b)falta de pago de aportes
personales y patronales ( Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos)
c)falta de pago de los
aportes de Seguro de Vida Obligatorio ( Ley 3011);
d)falta de pago de los
aportes del Fondo de Pensiones
Graciables ( Ley 4035);
e)falta de pago de los
aportes y retenciones a la Dirección General de Servicios Sociales para el
Personal Municipal;
f)falta de pago de los
aportes a la Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART),
g)deudas al personal
municipal por la suma de $ 31.671,36.-
Para tener una visión de la
gravedad de estos problemas, hay que considerar que el presupuesto aprobado
para el año 2000 fue de $19.887.820 del cual el presupuesto de personal
ascendía a $ 14.600.348,50.-, esto es un 73,41% del total.
Censo de Personal
En una decisión insólita y
nueva, en el mes de diciembre de 1999, a escasos 3 días de haber asumido la
gestión la Secretaría de Control de
Gestión inició un Censo General de Agentes Municipales.
Todos los que prestaren
servicios, de cualquier condición, funciones y cobraren haberes de la
administración pública municipal, debían presentarse, bajo condición de que su
no presentación implicaría su no inclusión en la próxima liquidación de
haberes.
El sistema elegido fue de
preguntas abiertas, discriminadas entre el personal encuadrado entre las
categorías 6 a 18 del escalafón municipal y los agentes jerarquizados
encuadrados en las categorías 19 a 24.
La consulta incluía
preguntas referidas a tareas realizadas, descripción de ellas, ámbito físico de
la prestación de servicios, horario de prestación, nivel de estudios,
conocimientos informáticos, realización de trabajos alternativos fuera del de
la administración.
La cantidad de trabajadores
censados fue de 1273, que para una
población de ese entonces de 94.070 habitantes, representa un 13%.
El resultado dio porcentajes
que sirvieron de base a la implementación de las medidas posteriores: el 51,10%
de los agentes se encontraba en la
franja de edad entre 16 a45 años, el 36,60% en la franja de 46 a 60 años; el
36,90% de los agentes se encontraba en la categoría 6, la más baja de las
categorías del Escalafón Municipal
mientras que un 3% no supo contestar a esta pregunta.
El 42,50% prestaba servicios
en la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, mientras que el 67,90% prestaba
servicios durante el horario diurno de 7,00 a 13,00 hs. Es importante destacar
que el 3,00% de los trabajadores prestaba servicios en guardias rotativas, ya
que la atención de 24 hs implementado por el municipio, trae consigo el denominado “trabajo por equipos”, con agentes
que prestan servicios en agua potable, mantenimiento de áreas verdes, custodia
de espacios públicos, centros de salud, terminal de transporte. Esta modalidad
permite brindar servicios rotando cada 24 hs el grupo de agentes, lo que
facilita la labor y disminuye costos.
En relación al lugar de
prestación de servicios, el 23,70% prestaba servicios en el Edificio del Centro
Cívico mientras que el 53,60% lo hacía en diferentes servicios fuera del
edificio central.
El 88,8% no poseía personal
a cargo mientras que el 2,10 % tenía más de 20 personas a cargo.
La consulta sobre el nivel
de estudios mostró que el 35,40% poseía
estudios primarios completos, el 10,60%
el secundario completo, mientras que el 6,10 % el nivel terciario completo y un
5,60% estudios universitarios completos.
De acuerdo a ello, un 41,60
% no culminó sus estudios en los tres niveles y sólo un 0,70% no poseía
estudios de ningún nivel.
Con respecto a los conocimientos
informáticos, el 66,50% no poseía conocimiento
alguno.
Consultados los agentes
sobre si poseía otro trabajo fuera de la administración pública, el 41,90%
expresó que sí lo poseía.
Los porcentajes detallados
son generales. Los resultados fueron mucho más amplios, ya que incluyó detalle
de cada una de las secretarías y planillas individuales que permitió conocer y
entender la apreciación personal de cada uno de ellos sobre la función que
cumplían en el municipio.
Como complemento del Censo
se analizó la última liquidación de haberes, discriminando cada uno de los
códigos liquidados, incluyendo
especialmente los adicionales (trabajo riesgoso, insalubre, guardias rotativas,
productividad) y los porcentajes
abonados discrecionalmente por la gestión dentro de los cuales se detallan los
plus salariales.
III.- Emergencia Económica-Financiera
Del
análisis presupuestario realizado, se concluyó que el Municipio se encontraba,
a principios del año 2000 en un estado de virtual cesación de pagos, producido
por las graves alteraciones económicas. El desequilibrio en la ecuación de
ingresos y egresos, un déficit operacional permanente con una caída de la
recaudación a niveles alarmantes y un nivel de gastos por encima de sus
posibilidades por una deuda consolidada atrasada y una supuesta sin determinar.
A
fin de poder regularizar el pago atrasado de tres (3) meses del personal, se
toma un crédito de dos (2) millones de dólares, aprobado por la gestión
saliente.
La
Emergencia Económica –Financiera del municipio fue dispuesta por una Ordenanza
del Concejo Deliberante en febrero de 2000.
Para
dictar la norma se atendieron específicamente cuatro requisitos fundamentales:
a) la existencia de una situación de emergencia que imponga el deber de amparar
los intereses vitales de la comunidad; b) que la finalidad legítima de la norma
sea la de proteger los intereses generales de la sociedad y no a determinados
individuos o sectores; c) que de existir un plan de regularización fiscal, éste
sea razonable y de carácter excepcional, acordando un alivio justificado por
las circunstancias; d) que su duración sea temporal y limitada al plazo
indispensable para que desaparezcan las causas que la hicieron necesaria.
La
Ordenanza declaró el Estado de emergencia por el término de dos (2) años,
siendo de orden público, respetando los derechos adquiridos bajo la vigencia de
normas anteriores, pero supeditando las que tuvieren efectos pendientes a la
norma dictada.
El
estado de Emergencia autorizó al Departamento Ejecutivo en lo que respecta a
personal: a) disponer la reducción de tareas de todos los gastos operativos
garantizando las prestaciones de servicios esenciales, b) suspender el ingreso
de personal de planta permanente y la contratación de personal con excepción de
los programas especiales en cuyo caso se requerirá la aprobación de los dos
tercios (2/3) del Concejo Deliberante, c) interrumpir la percepción de los
incrementos futuros de haberes derivados de los regímenes fundados en aumentos
porcentuales percibidos por asignación por año de servicio y/o antigüedad. Este
sistema , aplicado en la administración pública argentina permite a los agentes
acceder a cobro de un porcentaje de sus haberes –que varía entre un 10 y un
100% al final de su carrera- al mismo tiempo que acumula años de antigüedad en la prestación de servicios llegando a su
punto máximo a los 25 años de trabajo, a partir del cual cobra como adicional
un 100% de la categoría que ocupa, d) suspender el sistema de reemplazo por
licencia de agentes municipales de categorías inferiores a categorías
superiores o su equivalente para funcionarios políticos. Este sistema consistía
en el pago de una diferencia de haberes a los agentes que, transitoriamente,
ocupan el cargo de un agente de categoría superior durante la licencia de éste
último.
En
lo estrictamente financiero, la Emergencia autorizaba al Departamento Ejecutivo:
a) proyectar y ejecutar un Plan Estratégico de Pagos con carácter extraordinario de gravámenes que
fija el Código Tributario Municipal contemplando el reconocimiento y gratificar a los buenos
contribuyentes;b) crear un registro de acreedores con la finalidad de
establecer la certeza de legitimidad de los créditos con el objeto de pautar
quitas, esperas, negociar o renegociar pasivos pendientes con los acreedores
financieros, contratistas, liquidación judicial firme o actos administrativos
firmes y en general para atender todos los pasivos públicos actuales o futuros
que permitan encontrar por este medio una mejor financiación en plaza y/o costo
de atención en los servicios y amortización.
IV.- Transparencia y confianza
Con
un Estado municipal sumido en el caos, era necesario dar respuestas a
interrogantes de los ciudadanos. La mayoría de los reclamos se referían a las
actitudes de los funcionarios políticos, sus funciones y la forma de gestionar.
La
falta de comunicación entre el municipio y los vecinos era inexistente, por lo
que los ciudadanos vivían y sentían la crisis municipal, porque se veían
resentidos los servicios pero no podían entender el por qué de esas
situaciones.
Por
ello, se diagramaron una serie de acciones con el fin de dar respuesta
inmediata a esas necesidades de información y recuperar la confianza perdida.
Los
puntos fueron seis:
1.-La
necesidad de conocernos;
2.-la
necesidad de conocer los patrimonios de los funcionarios (antes y después de
haber ingresado a la administración pública;
3.-La
necesidad de que los vecinos conozcan los haberes de los funcionarios y que
éstos se adecuen a la realidad económica
4.-La
necesidad de tener certeza acerca de las fechas de ingreso y egreso del
personal político y su no permanencia en la administración.
5.-la
necesidad de reducir gastos superfluos;
6.-la
necesidad de defender los intereses municipales.
1.-La necesidad de conocernos
Los
vecinos de Concepción del Uruguay, al igual que la mayoría de los ciudadanos
argentinos, poseen una mala opinión acerca de la política, sus funcionarios y
la administración pública.
La
corrupción es el mal primordial que hay que atacar y desterrar de los organismos
públicos y ese fue el objetivo de muchas organizaciones no gubernamentales y
partidos políticos conformados en la década del 90 y principios del 2000.
La
falta de información a los vecinos y los
hechos ocurridos desde octubre de 1999, aumentó la desconfianza y profundizó
las diferencias con respecto a la modalidad de gestión.
Por
ello, una de las primeras medidas, luego del censo de personal fue publicar en
los medios locales, en un hecho histórico e inédito de un gobierno municipal,
la nómina de todo el personal que a
febrero de 2000 cumplía funciones, informando la categoría de cada uno de ellos
y su fecha de ingreso.
Este
fue un hecho sencillo, directo, concreto que produjo un cambio en la relación
Estado municipal-ciudadanos, que se convirtió en el puntapié inicial de un
proceso de profunda transparentización.
2.-La necesidad de conocer los patrimonios de
los funcionarios (antes y después de haber ingresado a la administración
pública)
Los
requerimientos de la sociedad estaban dirigidos a los funcionarios electos y
los designados por el Poder Ejecutivo y en especial para quienes ejercen las
mayores responsabilidades. Se debía dar una clara señal a la comunidad de un
accionar sin ocultamientos generadores de dudas o sospechas.
Una
de las formas que se entendió permitía consolidar los objetivos de claridad y
transparencia, tenía que ver con el patrimonio de los funcionarios.
La
utilización indiscriminada y sin control de los fondos públicos, conformó lo
que los vecinos llaman la “clase política” o “funcionariado público”, quienes
permanentemente se cuestiona por su accionar y el crecimiento acelerado de sus
patrimonios.
Para
transparentar esta situación, se instituyo e impuso la obligatoriedad para el
Presidente Municipal, Secretarios, Subsecretarios, Directores y los agentes
jerárquicos de las tres (3) más altas categorías del escalafón municipal de
realizar una manifestación pormenorizada de su situación patrimonial y la de
sus familiares directos.
Con
ese objetivo se crea el Registro de Declaraciones Juradas Patrimoniales de
funcionarios políticos y personal jerarquizados.
Las
declaraciones se efectivizaron ante la Escribanía Municipal, donde quedaron a
resguardo, conteniendo:
a)descripción
detallada del patrimonio del funcionario y su cónyugue, concubino/a con más de
dos (2) años de convivencia, incluyendo bienes, créditos y deuda del
declarante, con expresión de su valor y especificación del origen como así
también otros ingresos fehacientemente documentado, b) nombre, apellido,
profesión, medios de vida de sus parientes por consanguinidad y afines en línea
recta y colateral hasta el primer grado, que existieran al momento de
presentarse la declaración, c) acreditar su situación fiscal ante la
Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) , presentando en todos los
casos los títulos de propiedad, certificados de inversión, acciones o cuotas de
participación en sociedades civiles o comerciales, así con en caso de deuda los
datos identificatorios del acreedor y en caso de existir, de los garantes, codeudores o socios.
La
presentación de la declaración jurada de bienes, era requisito para cesar en el
cargo /o empleo, previo a la finalización del mandato en el año 2003.
3.-La necesidad de que los vecinos conozcan los
haberes de los funcionarios y que éstos se adecuen a la realidad económica
Al
promediar el año 1999, la situación económica del municipio se profundizó, a
pesar de las medidas restrictivas del
gasto interno y diferentes programas destinados a aumentar la recaudación y en
consonancia con los datos preocupantes de la economía nacional. Fue, además, el
momento en que el Estado provincial empezó a retrasar el pago de los haberes a
los empleados públicos y el envío de fondos coparticipables a los municipios.
El
73% del presupuesto municipal se destinaba al pago de haberes, una carga
desproporcionada frente a los servicios públicos que se brindaban y al estado
en el que se encontraban.
El
Sindicato de Obreros y Empleados Municipales comenzaron a presionar para que en
el marco de la Emergencia se reduzcan drásticamente los haberes de los
funcionarios públicos. La gestión había incorporado 72 nuevos agentes, entre
los que se incluían los miembros del cuerpo legislativo y 14 contratados para
programas especiales.
En
ese contexto, se aprobó la disminución del diez por ciento (10%) de los haberes
de los funcionarios, renunciando además a la percepción del Sueldo Anual
Complementario (SAC) y adicionales, devengados y a futuro, durante el periodo
de Emergencia.
Es
interesante conocer algunos párrafos de la norma aprobada “Es oportuno reconocer que la problemática planteada resultó el
disparador formal de un tema sensible en el conjunto de la ciudadanía que se ha
expresado en reiteradas oportunidades respecto a la actitud y conducta que
deben asumir quienes cumplen funciones políticas respecto a la tarea propia en
el desempleo de sus actividades, procurando la mayor transparencia de sus actos
y manejos de la cosa pública, no obstante lo cual ,
siempre fue objeto de análisis en la actual conformación legislativa,
principalmente a raíz de la sanción de importantes normas que han tenido a
paliar la gravísima situación”.
“ Resulta oportuno –prosigue- poner de resalto que en nuestro sistema
democrático encontramos sobrados ejemplos de distintos órganos de poder
conforme al sistema representativo, republicano y federal establecido por
nuestra carta magna tanto a nivel
nacional, provincial y municipal, que en función de remuneraciones, dietas,
gastos reservados ,etc., en definitiva lo que ha dado en denominarse “costo de la política, aparecen absolutamente
alejados de la realidad que vive en nuestro país sin establecer adecuadamente
la relación y la situación con los gobernantes que atentan contra el referido
sistema democrático, creando descrédito y un fuerte cuestionamiento respecto de
aquellos que en virtud al voto popular, hemos sido elegidos para
representarlos.”
Esto
se complementó con la determinación de una escala de haberes para el
funcionariado político estableciendo el porcentaje sujeto a aportes y el
porcentaje por gastos de representación, dejando expresamente aclarado que:
a)el personal político percibe sus haberes una vez que lo han percibido la
totalidad del personal de obreros y agentes municipales; b)el personal político
no percibe viáticos y abonan sus gastos de combustible, peaje, alojamiento y
comida con sus haberes; c) al personal político no se les provee de telefonía
celular y abonan de su propio peculio las comunicaciones interurbanas que
realizan para gestiones oficiales;d) el personal no percibe Sueldo Anual
Complentaria, e) el porcentaje de gastos de representación está sujeto a aportes y retenciones y equivale a un
sueldo básico; d) el personal político
no percibe ningún adiconal o viático como regular o habitual.
Estos
gestos, fueron de los más fuertes generados desde la administración y sirvió
como ejemplo y base para las futuras discusiones salariales con los gremios
municipales
4.-La necesidad de tener certeza acerca de las
fechas de ingreso y egreso del personal político y su no permanencia en la
administración.
La
mayoría de los agentes ingresados a la planta permanente municipal obviaron el
cumplimiento de las normas de ingreso a la administración pública desconociendo
la categoría de escalafón, lo que aumentó en forma desmesurada el número de
agentes y su costo.
La
comunidad exigía un compromiso concreto sobre el tema.
Y
así, con carácter de norma permanente se
fijó la inhabilitación a los funcionarios políticos para el ingreso como
agentes de planta, quedando excluido solamente aquel personal que retuvo su
cargo al asumir una función política, cesando la inhabilitación luego de
transcurrido un año inmediato siguiente desde el cese de la gestión municipal
en la que hubiere ejercido el cargo.
Por
su parte, la prohibición de ingreso de
personal en general estableció como única excepción la de los contratados bajo
la modalidad de Proyectos Especiales, aprobada por 2/3 del Concejo Deliberante
y alcanzadas por la inhabilitación. La única autorización solicitada fue en el
año 2000 para el contrato de locación de servicios a 14 personas, con duración
de un año, con prórroga a un año más, con determinación del monto y tareas
específicas.
5.-La necesidad de reducir gastos superfluos.
Fueron
totalmente eliminados los gastos de teléfonos celulares dados en uso al
funcionariado político, los reconocimientos por traslado, comidas, viajes, uso
de autos oficiales y la utilización indiscriminada de las líneas telefónicas
oficiales que se encontraban cortadas por falta de pago.
6.-La necesidad de defender los intereses
municipales
En
virtud de lo analizado anteriormente con respecto al personal ( ingreso
indiscriminado, designación en cargos sin concursos, otorgamiento de categorías
elevadas, etc) que desvirtuaron la carrera administrativa, se procedió a
analizar todos los casos de ascenso, designaciones e ingresos durante el año
1999-
A
los efectos de salvaguardar el correcto ejercicio de la carrera administrativa,
se impuso declarar la lesividad de todos esos actos administrativos, por
entenderlos ilegítimos y perjudiciales a los intereses municipales por cuanto
no observaron los requisitos y condiciones que exigen el Estatuto de Escalafón
Municipal y la Ley de Municipios.
Los
casos fueron 200 y se rectificaron en sede contencioso-administrativo.
En
todos ellos, el Departamento Ejecutivo dejó expresamente aclarado que “no se revocan por el municipio per se los
actos administrativos que declara lesivo al bien común, sino que se somete
voluntariamente al examen jurisdiccional de las resoluciones y decretos que se
declaran lesivos, en actitud de acatamiento a principios incontestables que
hacen al estado de derecho”.
V.- Reducción de la Planta de Personal: Sistemas
alternativos implementados.
En
julio de 2001 la crisis económica del Gobierno Provincial comenzó a extenderse a los municipios. La
falta de pago de los salarios públicos y el lanzamiento de las Letras de
Cancelación Provinciales (Bonos) denominadas “Federal”, profundizaron la grave
situación social.
La
circulación de estos Bonos constituyó una medida coyuntural para el ahogo
financiero de la administración provincial, pero en modo alguno sirvió para
remediar los problemas que aquejaban a los distintos municipios que registraban
altos niveles de endeudamiento.
El
Bono llegó a comercializarse al 50% de su valor y su aparición produjo aumentos
en los precios de la canasta familiar,
reclamo constante de comerciantes ante la no recepción de la cuasimoneda por
sus proveedores y graves irregularidades en la Caja de Conversiones, organismo
provincial destinado a su canje.
En
diciembre de 2001, el país ingresaba a su décimo tercer trimestre de recesión.
A
nivel municipal, los índices de recaudación de tasas municipales sufrieron una
fuerte caída, las obras públicas se paralizaron ante la falta de pago de
salarios de los Programas Nacionales de Emergencia Ocupacional, no existían
posibilidades de articular esfuerzos orgánicos y continuados con Nación y Provincia y se atrasaron los envíos
de coparticipación con una reducción importante.
Se
debían buscar y encontrar alternativas, que en el marco de las normas vigentes,
permitiera reducir aún más el costo operativo.
Esas
alternativas debían ser sin profundizar el conflicto social que ya se
vislumbraba, cumpliendo con dos premisas fundamentales: respetar los derechos
adquiridos por el personal y la estabilidad laboral.
No
se debía utilizar las clásicas recetas aplicadas por la administración pública
argentina, para lo cual la declaración de cesantía del personal contratado, era
la única salida posible. Todas las
experiencias de este tipo resultaron negativas para el estado, que luego de un
periodo de presiones y negociaciones políticas, gremiales y sociales debió
incorporar al personal con un costo muy alto. Ese fue el caso de las cesantías
provocadas por el Gobierno Provincial en los años 1992 y 2000, las cuales
fueron dejadas sin efecto por la Justicia, con efectos hasta tres años después de dictada la norma,
produciendo un reacomodamiento brusco de las estructuras de los organismos públicos,
ya que durante ese periodo las vacantes fueron cubiertas por nuevos agentes, lo
que resultó, un aumento de personal y de gastos desmesurado.
1.-Regimen
de Jubilación Anticipada
En
septiembre de 2001, el Gobierno Provincial
instituye por única vez, el Régimen de Jubilación Anticipada, para los
agentes en actividad que les permite
acceder a ese beneficio, sin haber cumplido los requisitos mínimos
exigibles de edad y años de aporte.
Estos
dos requisitos se relacionan con el monto a percibir por los agentes y el
ahorro a la administración.
El
Régimen provincial establecía: a)
Percibirán el 82% de sus haberes aquellos agentes que acrediten 30 años de
servicios, no simultáneos y 30 años de
aportes efectivos en el sistema de reciprocidad jubilatoria, de los cuales los
últimos 15 años debían ser con
prestación inmediata anterior al mes de junio de 2001, sin importar su edad. El
ahorro consistía en dejar de realizar los aportes personales y patronales, los
cuales ascendían a un 30% del haber del agente en actividad; b) los agentes que acrediten por lo
menos 25 años de servicio no simultáneos y con 25 años de aportes en el sistema
de reciprocidad jubilatorio de los cuales los últimos 15 años debían ser con prestación inmediata anterior
al mes de junio de 2001, percibirán el 72% de sus haberes y cada uno de los
agentes se hará cargo , personalmente de sus aportes a la Caja Jubilatoria
hasta alcanzar el 82% móvil. El ahorro proyectado en este caso era de un 32%
para la administración con una disminución de los haberes en un 16%.
El
Gobierno Provincial invitó a los Municipios a adherirse, pero aclarando que el
pago de los haberes del sistema serán a cargo de la administración municipal
que depositaría esos fondos en la Caja a fin de las correspondientes
liquidaciones.
2.- Aplicación del Régimen de Jubilación
Anticipada con variantes en la administración municipal.
La
disminución del personal municipal durante el año 2000 fue producto de renuncias,
jubilaciones y fallecimientos.
Por
eso, y ante la imposibilidad concreta de solucionar los problemas financieros,
era necesario adoptar medidas que sin disminuir el salario del trabajador
municipal permitieran una sensible disminución en la masa salaria, haciendo
posible con ese ahorro el desarrollo operativo de una gestión, limitada a la
prestación mínima de servicios.
Luego
de analizado el Régimen de Jubilación Anticipada propuesto por la
administración provincial se detectó que 74 agentes municipales podrían ser
alcanzados por el 82% y 95 agentes por el 72%.
Ante
ello, el Municipio decidió adherirse al sistema, pero con ciertas
particularidades que resultaron
positivas, al hacerse más atractiva para los agentes municipales,
salvaguardando los objetivos propuestos.
Las
variantes concretas fueron dos y consistieron fundamentalmente en el respeto
hacia el haber del agente municipal y las garantías de estabilidad. 1.-La
primera variante tuvo en cuenta que si
aceptábamos la percepción del 72% de sus haberes al agente incluído en el punto
b) del Régimen Provincial (Sistema A-25) ellos se verían totalmente
disminuidos. Por ello y a fin de no limitar el acceso al beneficio, el
Municipio tomaría a su cargo los aportes personales (obra social, jubilación)
hasta que alcanzara el mínimo para al Sistema A-30.
Esta
medida significó prescindir de un 16% del ahorro proyectado, pero posibilitó
que más agentes ingresaran al sistema.
Para
hacerlo efectivo se constituyó un Fondo
Previsional que se conformó con el 16% calculado sobre la remuneración sujeta a
aportes de los haberes de los agentes incluidos en el Sistema A-25,
comenzándose a abonar mensualmente a partir de la fecha de cese en sus
actividades.
2.-La
segunda variante respondió a la necesidad de garantizar al agente la
posibilidad de reingreso a la administración. Conocida como Clausula de
Garantía, le permite al agente reingresar y restablecer su situación laboral
anterior, en el caso que se altere la proporción de remuneraciones entre el
agente en actividad y el adherido al sistema, operando como derecho adquirido
hasta alcanzar los requisitos normales para acceder al beneficio jubilatorio.
En
diciembre de 2001, 167 agentes municipales
de un total de 169 habían ingresado al sistema.
3.-Eliminación de cargos del Presupuesto
La
medida fue complementada con la eliminación del
Presupuesto de los cargos liberados, disposición que se relaciona con el
dictado de la Emergencia Económica Financiera en cuanto al congelamiento de la
planta de agentes municipales durante su vigencia.
4.-Otras medidas de reducción del gasto en
personal
La
falta de pago y la tardanza en la resolución de expedientes ingresados a la
Caja de Jubilaciones Provincial fue la razón del inicio de un trabajo
personalizado en coordinación con el personal del organismo provincial, lo que
permitió ayudar a la resolución positiva de 81 Jubilaciones ordinarias en el
periodo de 2 años.
Por
otra parte, se rescindieron los
contratos de agentes que gozaban de beneficios jubilatorios ya otorgados por
los sistemas de reparto y capitalización.
VI.- Reducción de Gastos en el Presupuesto de Personal: Sistemas
alternativos implementados.
1.- Conversión de adicionales remunerativos en
no remunerativos
El
estudio pormenorizado de cada uno de los ítems que conformaban los haberes de
cada agente dio como resultado el detalle de cada uno de ellos así como su
costo e incidencia en el presupuesto municipal.
Junto
al haber básico se liquidaban adicionales remunerativos, es decir aquellos sobre los cuales se realizan aportes y
retenciones de ley.
En
una medida drástica y actualmente no aceptada, se procedió a considerarlos como
no remunerativos, aunque no afectaba a los agentes en condiciones de jubilarse
ordinariamente por el periodo de 5 años.
2.- Suspensión y derogación de normas dirigidas
a privilegiar determinados sectores de la administración.
Eran
y son de uso común en la administración la liquidación de adicionales a
sectores diferenciados dentro del
organigrama municipal, que no sólo significaban grandes erogaciones sino que
además creaba un clima de descontento en el resto del personal.
Algunos
adicionales, eran normados. Otros, eran producto de disposiciones internas, por
las cuales se otorgaban montos en forma continua o discontinua, que no
guardaban relación con la labor que se realizaba o el tiempo de las mismas.
Algunos
ejemplos de gestión: a) Personal de Obras Sanitarias Municipal: cobraba un
adicional en forma general, a los que se agregaban pagos por horas extras,
servicios extraordinarios, días francos. Los códigos fueron eliminados y se
aplicó un trabajo por equipos que
disminuyó notablemente el gasto en horas
extras y significó un reordenamiento del personal de ésa área; b) el Personal
de Notificaciones cobraba un adicional por notificación realizada, lo cual es
paradójico porque su función es notificar. En este caso el adicional se eliminó
definitivamente; c) Los inspectores de comercio cobraban un adicional que
consistía en el 4% de los reajustes impositivos efectivamente realizados y
abonados. Fue eliminado en razón de la falta de transparencia en la liquidación
del porcentaje así como de la documentación respaldatoria de la efectivización del total ajustado.
Estas
medidas fueron fuertemente resistida por los sectores beneficiados, pero
quienes no eran beneficiados, apoyaron la objetividad de la administración de
los fondos y el reconocimiento integral de la labor de todos los agentes
municipales.
3.-Eliminación de horas extras y servicios
extraordinarios. Trabajos por equipos y francos compensatorios.
En
agosto de 2000, las horas extras fueron totalmente suprimidas, estableciéndose en los lugares de mayor rotación diaria
–centros de salud, terminal de transporte, áreas verdes y custodia de espacios
públicos- trabajos por equipo, conformando grupos de agentes que prestan esos
servicios rotando las 24 hs, lo cual facilita la labor y disminuye costos.
En
aquellos lugares donde el trabajo por equipos no puede lograrse como la
Seguridad de Escuelas y Balnearios, Cultura
y Turismo, se estableció un sistema de descanso proporcional a las horas
extras trabajadas.
4.-Ordenamiento del sistema de trabajo insalubre
o tareas riesgosas.
a)Tareas insalubres: son aquellas que se
desarrollan en lugares que por las condiciones de trabajo, por las modalidades
o por su naturaleza, ponen en peligro la salud de los trabajadores,
determinándolas la autoridad administrativa como tales.
La calificación de insalubridad de una tarea
debe surgir de una resolución administrativa con fundamento en dictámenes
médicos, solo puede ser realizada por mayores de 18 años y atento a que su
fundamento legal está dado por la protección de la salud psicofísica del
trabajador, se establecen topos máximos reduciendo el horario de prestación
semanal de 48 a 36 horas y el de 8 a 6 horas, con prohibición de horas extras.
Un trabajador que cumple tareas en lugares o
condiciones declaradas insalubres debe percibir por 6 horas diarias la misma
remuneración que el que trabaja 8 horas diarias.
En relación a su vigencia temporal, existe
uniformidad en cuanto a que si desaparecen las causas que la motivaron, dicha
declaración queda sin efecto.
A fin de precisar en el ámbito municipal el
desempeño de estas tareas, se analizaron todas las normas dictadas en ese sentido,
establecido en cada caso concreto el área en las que se abonaba al agente un
adicional del 20% de los haberes del básico de la categoría.
De ese estudio surgió que existía una clara
desviación en relación al concepto de tarea insalubre.
Para fundamentar las medidas a aplicar a)se
solicitó a la Dirección de Trabajo Provincial la constatación de las áreas que
se consideraban insalubre o riesgosas;
b)se dejó establecido que toda
nueva inclusión de personal debía observar que la autoridad de aplicación
constate el desempeño y declararla como tal.
Al iniciar este análisis los agentes que
recibían dicho adicional eran 344, los
que se redujeron paulatinamente a 292 en
dos años.
b)Tareas riesgosas: son aquellas que consisten
en tareas penosas, mortificantes o de riesgo para el trabajador, las que deben
ser indicadas e individualizadas y que pongan en peligro cierto la integridad
psicofísica del mismo y se realicen en forma permanente y continua.
No existía normativa al respecto, por lo que
surge de la autoridad de aplicación determinar el criterio y el modo de
calificación.
Por ello fue necesario determinar si esas tareas
se realizaban en forma permanente o no, frecuencia o periodicidad, constancias
que prueben o acrediten su realización , informes técnicos y profesionales
dictaminando sobre ella o las condiciones del lugar de trabajo o la modalidad
de las tareas para posibilitar su gradual adecuación a las disposiciones sobre seguridad e higiene en el trabajo.
Al iniciar el análisis los agentes que
cobraban el adicional eran 65, y ese
número se mantuvo hasta el final de la gestión.
VII.- Reducción de Deudas
con el Personal: Sistemas alternativos implementados.
La deuda con el personal supuso un grave
problema administrativo al no contarse con la documentación que respalde muchas
de ellas, y con cada uno de los agentes que reclamaban en forma constante las
sumas adeudadas.
El criterio general utilizado fue reconocer
exclusivamente aquellas deudas que se encontraban debidamente certificadas.
Al iniciar la gestión, el objetivo era asumir
las deudas y abonarlas en cuotas de acuerdo al incremento tributario, sin
aumentarlas con el agregado de nuevas deudas.
Luego de un año de intentos frustrados y ya en
plena crisis, se tuvo que confirmar que era imposible su pago debido a la
profunda baja en la recaudación y el no envío de fondos por parte del
Gobierno provincial.
Contrariamente a lo que sucede en otros
municipios, los agentes de este municipio no poseían privilegios tributarios en
cuanto a tasa inmobiliaria y servicio de agua potable sobre los inmuebles de su
propiedad.
Por ello,
se comenzó con solicitar las deudas que cada agente tenía con la administración
y proponer un sistema que denominamos “Compensaciones de Deudas Recíprocas”.
Previo a implementarlo se realizaron consultas
con los gremios municipales. La imposibilidad de pago de la administración y
las deudas que los agentes poseían con ella, determinaron que fueran ellos
mismos los que solicitaran la aplicación del sistema, extendiéndose las deudas
que mantuvieren por propiedades y comercios de terceros, ligados por
consanguinidad o comercialmente.
Con autorización del cuerpo legislativo
procedimos a establecer un procedimiento y sus alcances.
Así, en el caso de las deudas por inmueble
propio, se consideró la antigüedad de las mismas, sin aplicación de multas o
intereses y en el caso de deudas de
terceros, sobre inmuebles o comercios se aplicaron multas e intereses, ya que
se entendió que los terceros estaban obligados al pago, más allá de la deuda
que la administración sostuviere con el agente.
Con la autorización y el consentimiento expreso
de las partes, se procedió a compensar las deudas recíprocas, con un sistema
que originariamente fue una forma de suplir la falta de efectivo, pero que
luego se convirtió en un sistema regular.
El sistema de compensaciones fue un acierto para
la administración, utilizándolo no solo en el tema de personal, sino haciéndolo
extensivo a las deudas con proveedores.
Si bien la compensación de deudas es práctica
corriente en la administración pública, la originalidad de ésta en particular,
es su legalidad reconocida por la norma y su procedimiento.
VIII.- Determinación de la
continuidad del estado de Emergencia Económica Financiera.
La crisis económica y los cambios
institucionales registrados en los meses de diciembre de 2001 y enero de 2002,
trajeron aparejados cambios substanciales en la política argentina.
La Ley de Convertibilidad Nacional sufrió
modificaciones que alteraron la paridad cambiaria vigente en los últimos 10
años, comprometiendo aún más la situación municipal que en 1999 tomara un
préstamo de dos millones de pesos, igual a dos millones de dólares y
formalizara pagos en moneda extranjera.
1.-Año 2002
En el año 2002, la deuda se cuadriplicó y las
medidas tomadas para el control y disminución del gasto así como las tendientes
a recuperar la voluntad de pago del contribuyente, no dieron los resultados
esperados y suficientes para alcanzar el equilibrio financiero.
Si bien se redujo el presupuesto del rubro
personal, las medidas alternativas de reducción del gasto en ese ítem, se
aplicaban recién a partir del mes de enero de 2002, en plena crisis, por lo que
su resultado era incierto.
El mantenimiento de la vigencia del estado de
Emergencia era inevitable para el año 2002.
Sin embargo, en
forma lenta, se comenzó con el
proceso de restitución de algunos de los
derechos cercenados durante el periodo anterior de vigencia de la norma.
La Emergencia dictada en el año 2001 suspendía
entre otros, la percepción de los incrementos futuros de haberes derivados de
los regímenes fundados en aumentos porcentuales percibidos por asignación por
año de servicio y/o antigüedad.
Analizados los fondos disponibles y los
proyectados, se comenzó a restablecer dicho derecho en tres etapas y por
categorías del escalafón, comenzando por las más bajas.
2.-Año 2003
A principios del año 2003, vencida la Emergencia
anterior se realizó un nuevo análisis y cuadro de situación.
Con respecto al reordenamiento y disminución de
gastos en el rubro personal, los resultados fueron satisfactorios: en enero de
2003, la planta ascendía a 1093 agentes, incluyendo funcionarios políticos,
contabilizándose 257 bajas, de las cuales el 45,52% lo fue por habérselos
incluidos en el Régimen de Jubilación anticipada.
En porcentajes, el presupuesto de personal
disminuyó a 69,71%, más de 3 puntos porcentuales desde el inicio de la gestión
en 2001.
Por su parte, la situación económica financiera
no mejoró, sino que empeoró, especialmente por la aparición del Bono Federal y
su devaluación que causó graves perjuicios.
Para continuar funcionando y brindando
servicios, se debieron utilizar métodos de compra directa para productos e
insumos, cuyo costo variaba substancialmente debido a la falta de efectivo y a
la caída de la Ley de Convertibilidad, a lo que hubo que agregar la
pesificación de las deudas contraídas en dólares.
Frente a esta situación, se solicitó la
extensión de la Emergencia hasta el 30 de junio de 2003, ya que se necesitaban
las herramientas legales que ella otorga para continuar el proceso de
profundización de las medidas dictadas.
Los objetivos, después de 3 años, se habían
cumplido parcialmente.
IX.- En busca de una nueva
organización interna.
Al inicio de la gestión, la definición de una
nueva estructura orgánica no fue tarea fácil.
La estructura de ese momento era básica e
indispensable, compuesta por 4
Secretarías: Gobierno, Hacienda, Acción Social y Obras y Servicios
Públicos.
Cada una de ellas se encontraba subdividida en
direcciones, departamentos, divisiones y áreas.
La organización respondía a los intereses
sectoriales de los agentes municipales y la vigencia de normas que establecían
la correspondencia de una categoría del escalafón al lugar ocupado dentro del
organigrama fue degenerando el sistema hasta convertir algunas áreas en
verdaderos estamentos individuales.
Con el pasar de diferentes gestiones , se fueron
anexando áreas, para lo cual se designaba mediante decretos a determinados
agentes que así ascendían de categoría, considerando muchas de ellas, como
cotos de caza políticos.
Había que modificar integralmente el
organigrama, aunque existieron diferencias que no coincidieron con la
profundidad de la reforma y si bien se introdujeron algunos cambios, no fueron
suficientes.
Las modificaciones introducidas fueron: a) la
creación de la Secretaría de Control de Gestión cuyo objetivo fue analizar los
procedimientos administrativos y reformarlos –si fuera necesario- adaptando las
estructuras administrativas a las nuevas y cambiantes necesidades vecinales. Bajo su dependencia funcionaron el
Departamento de Recursos Humanos y el Ente Controlador de Servicios Públicos;
b) la creación de direcciones eminentemente sociales como la de Promoción a la Comunidad, Niñez y Familia y Juventud dentro de la Secretaría de Desarrollo Social;
c) la creación de la Dirección de Hacienda y Dirección de Rentas a fin de
profundizar las técnicas y metodologías de recaudación.
Sin embargo, durante 3 años siguieron
subsistiendo innumerables subdivisiones y áreas.
Recién en el último año de gestión, en 2003 se
adecuó un poco más a la realidad de la
organización.
Mediante un largo proceso, con participación de
los agentes de cada área, se dictaron normas internas de organización,
considerando el trabajo que realizaban, las personas que ocupaban esos cargos y
la necesidad que cada una de ellas tenía para el logro de sus objetivos.
Las vacantes producidas produjeron un vacío en
áreas fundamentales para el desarrollo del proceso administrativo y la
prestación eficiente de servicios, lo que trajo como consecuencia que
funcionarios políticos asumieran
funciones de jefes de carrera, lo que a todas luces era irregular e
ineficiente.
Esta realidad impuso la necesidad de establecer
una nueva organización interna acorde a las necesidades. Se necesitaba comenzar
con el proceso de concursos y el ingreso de nuevo personal para que los
funcionarios pudieran desprenderse de las tareas eminentemente administrativas.
En el mes de junio de 2003 se elevó el proyecto
para la modificación del Organigrama.
Su estructura diferenciaba en forma expresa las
áreas consideradas políticas de aquellas administrativas, a cargo del
personal de planta, lo que permitió visualizar en forma sencilla la composición
del mismo, otorgando al personal municipal la seguridad y la confianza de una
estructura acorde con la disponibilidad de
los recursos humanos existentes.
Introdujo los Departamentos de Salud y Educación
y creó el Departamento de Policía Municipal.
Pero la innovación más importante, que ya
existía de hecho desde el año anterior, fue la de lograr introducir dos
Unidades, de Servicios y Técnica en la Secretaría de Obras y Servicios
Públicos.
De las dos, la Técnica intentaba a la vez que
profesionalizar el proceso administrativo dentro de la Secretaría, lograr el
desprendimiento de ese proceso de las tareas que en la práctica desarrolla el
Secretario del área; una tarea de seguimiento y control de obras, lo cual no
era posible de ocuparse exclusivamente de la burocracia diaria.
La unidad Técnica se encontraba a cargo de un
profesional de carrera, mientras que la de Servicio, de un funcionario político
consustanciado con los objetivos de la gestión.
X.- Escalafón del agente
municipal: un proyecto innovador.
2003 fue un año electoral en la República
Argentina, en Entre Ríos y el Municipio de Concepción del Uruguay.
Plantear una reforma del Estatuto del agente municipal, para considerar
ascensos de categorías planificados para los próximos 4 años, fue un gran
desafío.
Normalmente, el último año de gestión es
utilizado por los agentes para lograr categorías y ascensos, así como
beneficios para el próximo gobierno.
Debatir modificaciones significó iniciar un
proceso de dialogo con sectores altamente politizados, lo que hizo que el eje
del proyecto y su importancia, se tiñeran de intereses que poco tuvieron que
ver con el interés municipal.
Sin embargo, el equipo consideró importante
remitir el proyecto, más allá de su aprobación, a fin de dejar claramente
definidos los objetivos de la gestión.
Se comenzó por respetar integralmente el
proyecto realizado por el Tribunal Administrativo Municipal, en lo que
respetaba cuestiones de fondo, pero atendiendo fundamentalmente a los recursos
necesarios para su implementación, formalización y etapas transitorias.
Así, se consensuaron las etapas del proceso de
instrumentación de la norma: 1ra Etapa: a partir del mes de agosto de 2003,
para los agentes con una antigüedad mayor a 15 años, 2da Etapa: a partir del
mes de agosto de 2004 para los agentes con una antigüedad mayor a 10 años, 3ra
Etapa a partir de agosto de 2005 para los agente no incluidos en los tramos
anteriores con categorías menores a la
19, 4ta Etapa a partir del mes de agosto de 2006 para los agentes
incluidos en el escalafón jerárquico ( categorías 19 a 24).
Este sistema de aplicación gradual permitiría
planificar el crecimiento tanto cualitativo como cuantitativo de la planta de
personal para los próximos 4 años, brindando seguridad a los agentes en cuanto
a la continuidad de la carrera administrativa, no dependiendo de los vaivenes
políticos.
El nuevo Escalafón buscó recuperar el respeto
hacia la carrera administrativa municipal, degradada y desordenada.
Se trató de obtener una norma que exprese la transparencia en los
nombramientos, el aumento del margen de creatividad y flexibilidad tanto de los órganos decisorios como de los
administradores, todo ello con el fin de mejorar la contracción al trabajo y
obtener mejores resultados que permitan una administración eficaz y controlada
puesta al servicio de toda la comunidad.
1.-El proyecto
El proyecto modificaba un solo artículo del
Estatuto de Estabilidad y Escalafón para el agente de la administración
municipal, que establecía “la carrera
administrativa del personal se llevará a cabo de acuerdo a las normas
establecidas en el Estatuto y las que se dictaren reglamentando el
Capítulo Ascenso, vacantes y
Promociones”
El Estatuto fue sancionado en 1975 y nunca fue
reglamentado ni observado el procedimiento, lo que produjo un enorme
desequilibrio causado por el aumento desmesurado de personal y la no
observancia de los requisitos mínimos de ingreso.
Se había
convertido con el tiempo en un elemento perturbador de la indispensable
equidad que debe primar entre los agentes públicos que conforman una
organización.
Fue necesario comenzar a revertir la situación
en un proceso de regularización que no se agotara en el simple hecho del
ascenso automático, sino que buscara el logro del reconocimiento a las
individualidades.
Optimizar el funcionamiento de los distintos
estamentos municipales, estimulando además al personal hacia la capacitación,
especialización y superación.
El proyecto agrupa el personal en diferentes
grupos que delinean sus categorías de ingreso y ascenso, grupos que se
determinaron en función del lugar donde cumplen sus tareas y la preparación
técnica, profesional o idónea de los agentes.
Se conformaron 4 grupos: a)Personal de
Ejecución, b) Personal de Conducción, c) Personal de Salud Pública y de d)
Personal de Educación.
En cada uno de ellos se establecieron tramos de
acuerdo al nivel de estudios, el cual combinados con la antigüedad en sus tareas, define su categoría de ingreso
y el ascenso automático en estas primeras etapas.
La planificación y programación obedece a la
necesidad de reconocer situaciones de hecho, que no podían ser
reformuladas por el tiempo transcurrido
, ya que afectarían en alto grado a los agentes en esas condiciones y
ahondarían la crisis financiera del municipio, si se realizara una
recategorización masiva presupuestariamente no contemplada.
A fin de mantener el equilibrio económico, se
dispuso que la promoción automática por permanencia anual sólo se
efectivizaría una vez culminadas las 4
etapas programadas.
En relación a los concursos la cobertura de las
vacantes serían cubiertas de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria y la
importancia de la misma.
A fin de asegurar la participación de todos los
agentes en esta primera etapa de Concursos, por única vez, se les daría la
posibilidad de concursar a todos los agentes de planta permanente, en primer
término, con restricciones en cada caso concreto y una especial atención a sus
antecedentes disciplinarios.
2.-Observancia y permanencia.
Para asegurar la observancia y permanencia en el
tiempo de la norma, se conformó una Comisión de Aplicación y Seguimiento
integrada por los diferentes sectores en coordinación con el Tribunal
Administrativo, al cual se buscaba revalorizar.
El Tribunal Administrativo sería el garante del
cumplimiento de la norma, funcionando bajo su dependencia el Instituto de
Capacitación y Estudio de la Administración Pública Municipal, el cual analiza
genérica e individualmente las situaciones planteadas en torno a las normativas
vigentes y a aprobarse relacionadas al
personal, así como las falencias de capacitación y orientación que se puedan
evidenciar en el cumplimiento de los objetivos de cada grupo.
3.-La aprobación
Existió un gran debate entre los agentes
municipales, con aprobaciones y críticas.
Las críticas se orientaron principalmente a los
parámetros elegidos para comenzar el reordenamiento de la planta y
especialmente, a la exclusión, dentro de ella, de toda mención a los agentes
contratados.
No obstante, el proyecto permitió sentar las
bases del inicio del camino en el otorgamiento de la autonomía a la carrera administrativa con independencia
de la autoridad política de turno.
XI.-Conclusiones
Hace 15 años
Cuando se asumió la gestión se tenían objetivos
y funciones claros en cuanto a la crisis institucional y económica que vivía la
Municipalidad de Concepción del Uruguay,
donde la percepción del ciudadano y de los agentes municipales era totalmente negativa, debido
fundamentalmente a la falta de diálogo, ocultamiento del estado real de las
cuentas municipales, el falso triunfalismo de final de gestión que no se
condecía con lo percibido por la sociedad.
SABER era nuestro mayor objetivo durante los
primeros meses del año 2000.
Pero fueron cambiando y adaptándose a la crisis
más profunda de la República Argentina en los últimos 25 años (la última se
había producido en 1989 con una inflación anual de más del 100%).
La grave situación económica, las negociaciones
emprendidas con los acreedores públicos y privados, el análisis pormenorizado del estado de todas las causas
judiciales y los reclamos diarios, enfrascaron el equipo en sólo ordenar y replantear todos los
objetivos planificados.
Abonar los haberes de los
agentes municipales en tiempo y forma, sin producir más conflictos en una
comunidad devastada, la urgencia de bajar costo en todos los ámbitos y lograr
continuar con la prestación de los servicios básicos, se convirtieron en los nuevos
desafíos.
Los cambios abruptos económicos
y políticos del Gobierno Nacional imposibilitaron la continuidad de los
programas nacionales y las obras públicas con financiamiento externo.
Durante dos años -2001-2002-
los argentinos convivieron con una crisis que planteó conflictos sociales e
individuales, con un sentimiento que dejaba traslucirla en cada caso ,
reflejada en las actitudes del equipo tanto como profesionales y más aún como seres humanos.
El equipo trabajó en ese
contexto de urgencia. Se lograron pequeños triunfos y muchas derrotas.
Pero al final, sobrevivió.
La gestión municipal culminó el
10 de diciembre de 2003, esperando que la nueva gestión, en los próximos 4 años
, le diera continuidad al esfuerzo emprendido y al aporte de nuevas ideas.
2008
En el año 2008, la Provincia de
Entre Ríos sancionó su nueva Constitución.
Incluyó en su articulado,
muchas de las soluciones a los problemas que enfrentamos.
Asi, el art. 35 establece: “Contener
el gasto en personal El
Estado adoptará las medidas necesarias para la operatividad progresiva de los
derechos y garantías reconocidos en esta Constitución, conforme lo establece el
artículo 122 inciso 8º. El equilibrio fiscal constituye un deber del Estado y
un derecho colectivo de los entrerrianos.”
El art 122: “Corresponde al Poder Legislativo: inc25º. Facultar al Poder Ejecutivo, con la mitad más uno
de los miembros de cada cámara, para contraer empréstitos o emitir fondos
públicos con bases y objetos determinados, no pudiendo ser autorizados para
equilibrar los gastos ordinarios de la administración. Los papeles de crédito público emitidos, llevarán transcriptas
las disposiciones de la ley autorizante.En ningún caso la totalidad de los
servicios de los empréstitos comprometerán más de la cuarta parte de las rentas
de la Provincia
y, ni el numerario obtenido de los mismos, ni los fondos públicos que se
emitan, podrán ser aplicados a otros objetos que los determinados por la ley de
su creación.”, en referencia a la emisión de Bonos o cuasimonedas.
El
art. 247 del Régimen Municipal:
“Los municipios
podrán contraer empréstitos, destinados exclusivamente a la inversión en bienes
de capital o en obras y servicios públicos de infraestructura, no pudiendo ser
autorizados para equilibrar los gastos ordinarios de la administración. Se
requerirá la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros del concejo
deliberante. En todo empréstito deberá establecerse su monto, plazo,
destino, tasa de interés, servicios de amortización y los recursos que se
afecten en garantía. Los servicios de amortización por capital e intereses no
deberán comprometer, en conjunto, más del veinte por ciento de la renta. En
situaciones excepcionales, debidamente fundadas y con el voto de las dos
terceras partes de la totalidad de los miembros del concejo deliberante, podrán
contraer empréstitos para financiar gastos corrientes, los que deberán tener
fecha de vencimiento y ser cancelados durante el período de la gestión de los
funcionarios que los suscriben.”
El art. 248 establece un tope para los embargos a los Municipios: “Esta Constitución
declara que los recursos de los municipios y comunas son indispensables
para el normal funcionamiento de los servicios públicos, independientemente de
que aquellos como personas jurídicas públicas puedan ser judicialmente demandados,
sin necesidad de autorización previa y sin privilegio alguno. Si fueran condenados al pago de una deuda,
sólo podrán ser ejecutados en la forma ordinaria y embargadas sus rentas hasta
un veinte por ciento, presumiéndose que la proporción restante como así también
los recursos propios serán destinados al pago de emolumentos remuneratorios, de
carácter alimentario y a la satisfacción de obras o servicios públicos
esenciales, cuya prestación no puede cancelarse, suspenderse o diferirse sin
afectar la cobertura de necesidades básicas de la población. Se exceptúan de
esta disposición las rentas o bienes especialmente afectados en garantía de una
obligación.Por ordenanza podrá autorizarse un embargo mayor, que no podrá
superar el treinta y cinco por ciento de sus rentas.”
Se estableció,
además , la obligatoriedad de la presentación jurada de bienes por parte de los
funcionarios: art. 116º: “Quedan
obligados a presentar declaración jurada de sus bienes el Presidente Municipal
y Vicepresidente Municipal, los secretarios, subsecretarios, directores, jueces
de faltas, concejales y empleados municipales que tengan facultades para
disponer o administrar fondos fiscales, tanto al comienzo como al término de
cada gobierno, sin perjuicio de las obligaciones emergentes del acto de tomar
posesión de sus cargos o cesar en los mismos. A tal efecto, la Contaduría
municipal deberá crear un registro especial protocolizado y estará obligada a
comunicar el incumplimiento de lo dispuesto precedentemente, tanto al
Departamento Ejecutivo como al Concejo Deliberante.”
Por su parte, la decisión
del Gobierno Nacional de establecer un Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal que
se implementó en el Sector Municipal avanzó en la aplicación de un régimen
consolidado de reglas fiscales, normas presupuestarias y reglas de
procedimiento, que brindan una mayor coordinación, previsibilidad y
transparencia a las cuentas públicas de las jurisdicciones adheridas.
Uno de sus objetivos era contener el gasto
en personal y para ello, las Ordenanzas Municipales, establecieron topes
presupuestarios para el personal municipal, que en general, establece que solo
un 60% del presupuesto se puede destinar a ese rubro.
2015
Actualmente, institucionalmente, el Estado vuelve a
encontrarse en una situación latente de crisis, debido al alto gasto, la pérdida
del equilibrio fiscal y la incorporación de personal, ya no por los sistemas de
ingreso establecidos, sino a través de los denominados “contratos basuras de la
administración”, que pueden plantear legalmente su incorporación a la planta
permanente y producir un desfasaje presupuestario imposible de reordenar sin
objetivos claros, concretos y posibles.
Dra. María de los Angeles –Secretaria de Control
de Gestión
Municipalidad de Concepción del Uruguay
1999-2003
Intendente: Dr. José Eduardo Laurito
Directores: Dr. Carlos Ihlo, Dr. Andrés Herbón. Antonio Justo Parma