viernes, 8 de mayo de 2015

FUERTES SE ACERCA A DE LA SOTA EN ENTRE RIOS




Una de las referentes de la candidatura de José Manual De La Sota, la ex Legisladora Nacional María de los Angeles Petit , afirmó que “… el equipo de De La Sota Presidente vería con mucho agrado que Adrián Fuertes sea nuestro Candidato a Gobernador en la Provincia
“Hemos estado conversando con Adrián Fuertes y con los referentes nacionales de nuestro espacio, y hemos encontrado muchos puntos en común con él y nuestras aspiraciones, por lo que estamos trabajando en un acuerdo electoral que nos permitiría que José Manuel De La Sota, tenga su candidato en la Provincia, destacó.
“El sábado 16 de mayo en el Club Belgrano de Córdoba De La Sota hará su lanzamiento nacional y a partir de ahí empezaremos a delinear las alianzas provinciales y en ese sentido vamos a avanzar en un acuerdo con Fuertes en la Provincia.”, finalizó la ex legisladora nacional quien esta semana comenzó su coordinación de los equipos técnicos provinciales del Intendente de Villaguay.
El Intendente llevaría así como candidatos a Presidente a los 2 candidatos del Frente UNA

sábado, 2 de mayo de 2015

Transparencia y Recursos Humanos


I.-Introducción
II.- Determinación y conocimiento del personal (censo)
III.- Emergencia Económica-Financiera
IV.- Transparencia  y confianza
     1.-La necesidad de conocernos.
     2.-La necesidad de conocer los patrimonios de los funcionarios (antes y después de haber ingresado a la administración pública).
    3.-La necesidad de que los vecinos conozcan los haberes de los funcionarios y que éstos se adecuen a la realidad económica.
    4.-La necesidad de tener certeza acerca de las fechas de ingreso y egreso del personal político y su no permanencia en la administración.
    5.-la necesidad de reducir gastos superfluos.
    6.-la necesidad de defender los intereses municipales.
V.- Reducción de la Planta de Personal: Sistemas alternativos implementados.
    1.-Regimen  de Jubilación Anticipada
    2.- Aplicación del Régimen de Jubilación Anticipada con variantes en la administración municipal.
    3.-Eliminación de cargos del Presupuesto
    4.-Otras medidas de reducción del gasto en personal
VI.- Reducción de Gastos  en el Presupuesto de Personal: Sistemas alternativos implementados.
    1.- Conversión de adicionales remunerativos en no remunerativos
    2.- Suspensión y derogación de normas dirigidas a privilegiar determinados sectores de la administración.
    3.-Eliminación de horas extras y servicios extraordinarios. Trabajos por equipos y francos compensatorios.
    4.-Ordenamiento del sistema de trabajo insalubre o tareas riesgosas.
VII.- Reducción de Deudas con el Personal: Sistemas alternativos implementados.
VIII.- Determinación de la continuidad del estado de Emergencia Económica Financiera.
    1.-Año 2002
    2.-Año 2003
IX.- En busca de una nueva organización interna.
    1.- El Proyecto
    2.-Observancia y permanencia.
    3.- La aprobación
X.- Conclusiones
I.-Introducción

En diciembre de 2001, la Argentina estalla con los acontecimientos sociales, políticos y económicos  que provocaron la renuncia del Pte. Fernando de la Rúa, produciéndose entonces un periodo de inestabilidad institucional durante el cual  el país, tuvo 5 Presidentes surgidos de diferentes sectores del peronismo.
La ciudad de Concepción del Uruguay, ubicada a 295 km de la Capital Federal  con una población de 100.728 habitantes, de acuerdo al último censo, fue uno de los lugares donde la crisis se profundizó socialmente y se produjeron saqueos a comercios y supermercados que provocaron pérdidas por más de  seis (6) millones de dólares.
Económicamente, ya en el año 2000, la falta de liquidez obligó al Gobierno  de la Provincia de Entre Ríos  a la emisión de Letras de Tesorería de curso legal denominados Bonos Federales, los cuales inundaron el mercado mediante el pago de los haberes a los agentes públicos, incidiendo fuertemente en las economías regionales y en los estados municipales.
Las cuasi monedas surgieron en el país como un instrumento para solucionar el problema de circulante debido a que las demoras en los pagos de haberes  y servicios quebró la cadena de pagos. El objetivo era que suplieran al efectivo y sean aceptados por las prestadoras de servicios, el Estado y los bancos para cancelar obligaciones crediticias.
Sin embargo, su pronta devaluación, casi al 50% de su valor, trajo como consecuencia que el único receptor de los bonos fue el Estado, Provincial y Municipal para el pago de tasas, impuestos y refinanciación de deudas.
El Estado, emisor de los bonos, abonaba los haberes con ellos y el mismo Estado los recibía como pago, lo que produjo un círculo incontrolable, que fue utilizado por especuladores para regularizar su situación fiscal, a un 50% de su valor original.
Hasta el mes de mayo de 2003 los Federales, convivieron  con dos cuasimonedas surgidas de Gobiernos Provinciales y Nacional: el Bono Patacón-Letra de Cambio de la Provincia de Buenos Aires, el Bono Lecop, del Estado Nacional.
La nueva gestión  municipal,  asumida  en diciembre de 1999,  lo hizo en medio de una  problemática y discutida gestión anterior, con denuncias de corrupción y falta de transparencia institucional así como  enfrentamientos con sindicatos internos y una gran dependencia del giro de fondos nacionales y provinciales a través del sistema de Coparticipación, producido en gran medida por  el atraso en el giro de esas remesas y la falta   de modernización de los sistemas de control tributario local que repercute en su baja recaudación sobre las tasas locales.
En ese contexto debió adecuar sus objetivos a la crisis y aplicar formas administrativas no tradicionales, que sobrepasaron cualquier planificación que se podría haber realizado al comenzar la gestión.
El trabajo que se resume fue realizado por la Secretaría de Control de Gestión de la Municipalidad de Gestión en el periodo 1999-2003, Intendencia del Dr. José Eduardo Laurito, conformado por los Dres. María de los Angeles Petit, Carlos Ihlo, Andrés Herbón y   Antonio Justo Parma.

II.- Determinación y conocimiento del personal
Inmersos en este contexto, uno de los diversos problemas que requerían respuestas prácticas y rápidas fue cómo realizar un ordenamiento del personal municipal desconociendo su número exacto debido a la cantidad de contrataciones y trabajo no registrado a través de la utilización de planes laborales nacionales  y la composición de la planta en cuanto a categorías, profesión, lugar de efectiva prestación de servicios, etc.
 Y fundamentalmente, como reducir el gasto, sin ajustes indiscriminados y generales.
Para entender esta situación se debe conocer la realidad que atravesaban, -y aún lo hacen- la mayoría de los municipios argentinos.
Durante años y especialmente desde el advenimiento de la democracia en 1983, con unas prácticamente desaparecidas economías regionales y una fuerte caída del empleo, la administración pública fue la única “empresa”  captadora de mano de obra.
Sumado esto, al clientelismo político y los programas sociales asistencialistas implementados por sucesivas gestiones, las plantas de personal municipal crecieron en forma alarmante y desordenada.
La modalidad de ingreso  a la planta permanente varió desde el ingreso a través de los Programas Sociales hasta la confirmación de los contratos de locación de servicios amparados por el principio de estabilidad constitucional.
Al asumir la gestión, el Municipio  enfrentaba:
a)imposibilidad concreta de pago de los salarios mensuales de los agentes municipales ( los haberes correspondientes a los meses de octubre y  noviembre de 1999 se abonaron a través de un crédito y sólo en porcentajes netos);
b)falta de pago de aportes personales y patronales ( Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos)
c)falta de pago de los aportes de Seguro de Vida Obligatorio ( Ley 3011);
d)falta de pago de los aportes del Fondo de  Pensiones Graciables ( Ley 4035);
e)falta de pago de los aportes y retenciones a la Dirección General de Servicios Sociales para el Personal Municipal;
f)falta de pago de los aportes a la Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART),
g)deudas al personal municipal por la suma de $ 31.671,36.-
Para tener una visión de la gravedad de estos problemas, hay que considerar que el presupuesto aprobado para el año 2000 fue de $19.887.820 del cual el presupuesto de personal ascendía a $ 14.600.348,50.-, esto es un 73,41% del total.

Censo de Personal

En una decisión insólita y nueva, en el mes de diciembre de 1999, a escasos 3 días de haber asumido la gestión  la Secretaría de Control de Gestión inició un Censo General de Agentes Municipales.
Todos los que prestaren servicios, de cualquier condición, funciones y cobraren haberes de la administración pública municipal, debían presentarse, bajo condición de que su no presentación implicaría su no inclusión en la próxima liquidación de haberes.
El sistema elegido fue de preguntas abiertas, discriminadas entre el personal encuadrado entre las categorías 6 a 18 del escalafón municipal y los agentes jerarquizados encuadrados en las categorías 19 a 24.
La consulta incluía preguntas referidas a tareas realizadas, descripción de ellas, ámbito físico de la prestación de servicios, horario de prestación, nivel de estudios, conocimientos informáticos, realización de trabajos alternativos fuera del de la administración.
La cantidad de trabajadores censados fue de  1273, que para una población de ese entonces de 94.070 habitantes, representa un 13%.
El resultado dio porcentajes que sirvieron de base a la implementación de las medidas posteriores: el 51,10% de los agentes  se encontraba en la franja de edad entre 16 a45 años, el 36,60% en la franja de 46 a 60 años; el 36,90% de los agentes se encontraba en la categoría 6, la más baja de las categorías del Escalafón Municipal  mientras que un 3% no supo contestar a esta pregunta.
El 42,50% prestaba servicios en la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, mientras que el 67,90% prestaba servicios durante el horario diurno de 7,00 a 13,00 hs. Es importante destacar que el 3,00% de los trabajadores prestaba servicios en guardias rotativas, ya que la atención de 24 hs implementado por el municipio, trae consigo el  denominado “trabajo por equipos”, con agentes que prestan servicios en agua potable, mantenimiento de áreas verdes, custodia de espacios públicos, centros de salud, terminal de transporte. Esta modalidad permite brindar servicios rotando cada 24 hs el grupo de agentes, lo que facilita la labor y disminuye costos.
En relación al lugar de prestación de servicios, el 23,70% prestaba servicios en el Edificio del Centro Cívico mientras que el 53,60% lo hacía en diferentes servicios fuera del edificio central.
El 88,8% no poseía personal a cargo mientras que el 2,10 % tenía más de 20 personas a cargo.
La consulta sobre el nivel de estudios   mostró que el 35,40% poseía estudios primarios completos,  el 10,60% el secundario completo, mientras que el 6,10 % el nivel terciario completo y un 5,60% estudios universitarios completos.
De acuerdo a ello, un 41,60 % no culminó sus estudios en los tres niveles y sólo un 0,70% no poseía estudios de ningún nivel.
Con respecto a los conocimientos informáticos, el 66,50% no poseía conocimiento  alguno.
Consultados los agentes sobre si poseía otro trabajo fuera de la administración pública, el 41,90% expresó que  sí lo poseía.
Los porcentajes detallados son generales. Los resultados fueron mucho más amplios, ya que incluyó detalle de cada una de las secretarías y planillas individuales que permitió conocer y entender la apreciación personal de cada uno de ellos sobre la función que cumplían en el municipio.
Como complemento del Censo se analizó la última liquidación de haberes, discriminando cada uno de los códigos  liquidados, incluyendo especialmente los adicionales (trabajo riesgoso, insalubre, guardias rotativas, productividad) y  los porcentajes abonados discrecionalmente por la gestión dentro de los cuales se detallan los plus salariales.

III.- Emergencia Económica-Financiera

Del análisis presupuestario realizado, se concluyó que el Municipio se encontraba, a principios del año 2000 en un estado de virtual cesación de pagos, producido por las graves alteraciones económicas. El desequilibrio en la ecuación de ingresos y egresos, un déficit operacional permanente con una caída de la recaudación a niveles alarmantes y un nivel de gastos por encima de sus posibilidades por una deuda consolidada atrasada y una supuesta sin determinar.
A fin de poder regularizar el pago atrasado de tres (3) meses del personal, se toma un crédito de dos (2) millones de dólares, aprobado por la gestión saliente.
La Emergencia Económica –Financiera del municipio fue dispuesta por una Ordenanza del Concejo Deliberante en febrero de 2000.
Para dictar la norma se atendieron específicamente cuatro requisitos fundamentales: a) la existencia de una situación de emergencia que imponga el deber de amparar los intereses vitales de la comunidad; b) que la finalidad legítima de la norma sea la de proteger los intereses generales de la sociedad y no a determinados individuos o sectores; c) que de existir un plan de regularización fiscal, éste sea razonable y de carácter excepcional, acordando un alivio justificado por las circunstancias; d) que su duración sea temporal y limitada al plazo indispensable para que desaparezcan las causas que la hicieron necesaria.
La Ordenanza declaró el Estado de emergencia por el término de dos (2) años, siendo de orden público, respetando los derechos adquiridos bajo la vigencia de normas anteriores, pero supeditando las que tuvieren efectos pendientes a la norma dictada.
El estado de Emergencia autorizó al Departamento Ejecutivo en lo que respecta a personal: a) disponer la reducción de tareas de todos los gastos operativos garantizando las prestaciones de servicios esenciales, b) suspender el ingreso de personal de planta permanente y la contratación de personal con excepción de los programas especiales en cuyo caso se requerirá la aprobación de los dos tercios (2/3) del Concejo Deliberante, c) interrumpir la percepción de los incrementos futuros de haberes derivados de los regímenes fundados en aumentos porcentuales percibidos por asignación por año de servicio y/o antigüedad. Este sistema , aplicado en la administración pública argentina permite a los agentes acceder a cobro de un porcentaje de sus haberes –que varía entre un 10 y un 100% al final de su carrera- al mismo tiempo que acumula años de antigüedad  en la prestación de servicios llegando a su punto máximo a los 25 años de trabajo, a partir del cual cobra como adicional un 100% de la categoría que ocupa, d) suspender el sistema de reemplazo por licencia de agentes municipales de categorías inferiores a categorías superiores o su equivalente para funcionarios políticos. Este sistema consistía en el pago de una diferencia de haberes a los agentes que, transitoriamente, ocupan el cargo de un agente de categoría superior durante la licencia de éste último.
En lo estrictamente financiero, la Emergencia autorizaba al Departamento Ejecutivo: a) proyectar y ejecutar un Plan Estratégico de Pagos  con carácter extraordinario de gravámenes que fija el Código Tributario Municipal contemplando  el reconocimiento y gratificar a los buenos contribuyentes;b) crear un registro de acreedores con la finalidad de establecer la certeza de legitimidad de los créditos con el objeto de pautar quitas, esperas, negociar o renegociar pasivos pendientes con los acreedores financieros, contratistas, liquidación judicial firme o actos administrativos firmes y en general para atender todos los pasivos públicos actuales o futuros que permitan encontrar por este medio una mejor financiación en plaza y/o costo de atención en los servicios y amortización.

IV.- Transparencia  y confianza

Con un Estado municipal sumido en el caos, era necesario dar respuestas a interrogantes de los ciudadanos. La mayoría de los reclamos se referían a las actitudes de los funcionarios políticos, sus funciones y la forma de gestionar.
La falta de comunicación entre el municipio y los vecinos era inexistente, por lo que los ciudadanos vivían y sentían la crisis municipal, porque se veían resentidos los servicios pero no podían entender el por qué de esas situaciones.
Por ello, se diagramaron una serie de acciones con el fin de dar respuesta inmediata a esas necesidades de información y recuperar la confianza perdida.
Los puntos fueron seis:
1.-La necesidad de conocernos;
2.-la necesidad de conocer los patrimonios de los funcionarios (antes y después de haber ingresado a la administración pública;
3.-La necesidad de que los vecinos conozcan los haberes de los funcionarios y que éstos se adecuen a la realidad económica
4.-La necesidad de tener certeza acerca de las fechas de ingreso y egreso del personal político y su no permanencia en la administración.
5.-la necesidad de reducir gastos superfluos;
6.-la necesidad de defender los intereses municipales.

1.-La necesidad de conocernos

Los vecinos de Concepción del Uruguay, al igual que la mayoría de los ciudadanos argentinos, poseen una mala opinión acerca de la política, sus funcionarios y la administración pública.
La corrupción es el mal primordial que hay que atacar y desterrar de los organismos públicos y ese fue el objetivo de muchas organizaciones no gubernamentales y partidos políticos conformados en la década del 90 y principios del 2000.
La falta de información a los vecinos  y los hechos ocurridos desde octubre de 1999, aumentó la desconfianza y profundizó las diferencias con respecto a la modalidad de gestión.
Por ello, una de las primeras medidas, luego del censo de personal fue publicar en los medios locales, en un hecho histórico e inédito de un gobierno municipal, la nómina de todo el personal   que a febrero de 2000 cumplía funciones, informando la categoría de cada uno de ellos y su fecha de ingreso.
Este fue un hecho sencillo, directo, concreto que produjo un cambio en la relación Estado municipal-ciudadanos, que se convirtió en el puntapié inicial de un proceso de profunda transparentización.

2.-La necesidad de conocer los patrimonios de los funcionarios (antes y después de haber ingresado a la administración pública)

Los requerimientos de la sociedad estaban dirigidos a los funcionarios electos y los designados por el Poder Ejecutivo y en especial para quienes ejercen las mayores responsabilidades. Se debía dar una clara señal a la comunidad de un accionar sin ocultamientos generadores de dudas o sospechas.
Una de las formas que se entendió permitía consolidar los objetivos de claridad y transparencia, tenía que ver con el patrimonio de los funcionarios.
La utilización indiscriminada y sin control de los fondos públicos, conformó lo que los vecinos llaman la “clase política” o “funcionariado público”, quienes permanentemente se cuestiona por su accionar y el crecimiento acelerado de sus patrimonios.
Para transparentar esta situación, se instituyo e impuso la obligatoriedad para el Presidente Municipal, Secretarios, Subsecretarios, Directores y los agentes jerárquicos de las tres (3) más altas categorías del escalafón municipal de realizar una manifestación pormenorizada de su situación patrimonial y la de sus familiares directos.
Con ese objetivo se crea el Registro de Declaraciones Juradas Patrimoniales de funcionarios políticos y personal jerarquizados.
Las declaraciones se efectivizaron ante la Escribanía Municipal, donde quedaron a resguardo, conteniendo:
a)descripción detallada del patrimonio del funcionario y su cónyugue, concubino/a con más de dos (2) años de convivencia, incluyendo bienes, créditos y deuda del declarante, con expresión de su valor y especificación del origen como así también otros ingresos fehacientemente documentado, b) nombre, apellido, profesión, medios de vida de sus parientes por consanguinidad y afines en línea recta y colateral hasta el primer grado, que existieran al momento de presentarse la declaración, c) acreditar su situación fiscal ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) , presentando en todos los casos los títulos de propiedad, certificados de inversión, acciones o cuotas de participación en sociedades civiles o comerciales, así con en caso de deuda los datos identificatorios del acreedor y en caso de existir, de los  garantes, codeudores o socios.
La presentación de la declaración jurada de bienes, era requisito para cesar en el cargo /o empleo, previo a la finalización del mandato en el año 2003.

3.-La necesidad de que los vecinos conozcan los haberes de los funcionarios y que éstos se adecuen a la realidad económica

Al promediar el año 1999, la situación económica del municipio se profundizó, a pesar de las medidas restrictivas  del gasto interno y diferentes programas destinados a aumentar la recaudación y en consonancia con los datos preocupantes de la economía nacional. Fue, además, el momento en que el Estado provincial empezó a retrasar el pago de los haberes a los empleados públicos y el envío de fondos coparticipables a los municipios.
El 73% del presupuesto municipal se destinaba al pago de haberes, una carga desproporcionada frente a los servicios públicos que se brindaban y al estado en el que se encontraban.
El Sindicato de Obreros y Empleados Municipales comenzaron a presionar para que en el marco de la Emergencia se reduzcan drásticamente los haberes de los funcionarios públicos. La gestión había incorporado 72 nuevos agentes, entre los que se incluían los miembros del cuerpo legislativo y 14 contratados para programas especiales.
En ese contexto, se aprobó la disminución del diez por ciento (10%) de los haberes de los funcionarios, renunciando además a la percepción del Sueldo Anual Complementario (SAC) y adicionales, devengados y a futuro, durante el periodo de  Emergencia.
Es interesante conocer algunos párrafos de la norma aprobada “Es oportuno reconocer que la problemática planteada resultó el disparador formal de un tema sensible en el conjunto de la ciudadanía que se ha expresado en reiteradas oportunidades respecto a la actitud y conducta que deben asumir quienes cumplen funciones políticas respecto a la tarea propia en el desempleo de sus actividades, procurando la mayor transparencia de sus actos y manejos de la cosa pública, no obstante lo cual , siempre fue objeto de análisis en la actual conformación legislativa, principalmente a raíz de la sanción de importantes normas que han tenido a paliar la gravísima situación”.
Resulta oportuno –prosigue- poner de resalto que en nuestro sistema democrático encontramos sobrados ejemplos de distintos órganos de poder conforme al sistema representativo, republicano y federal establecido por nuestra carta magna  tanto a nivel nacional, provincial y municipal, que en función de remuneraciones, dietas, gastos reservados ,etc., en definitiva lo que ha dado en denominarse  “costo de la política, aparecen absolutamente alejados de la realidad que vive en nuestro país sin establecer adecuadamente la relación y la situación con los gobernantes que atentan contra el referido sistema democrático, creando descrédito y un fuerte cuestionamiento respecto de aquellos que en virtud al voto popular, hemos sido elegidos para representarlos.”
Esto se complementó con la determinación de una escala de haberes para el funcionariado político estableciendo el porcentaje sujeto a aportes y el porcentaje por gastos de representación, dejando expresamente aclarado que: a)el personal político percibe sus haberes una vez que lo han percibido la totalidad del personal de obreros y agentes municipales; b)el personal político no percibe viáticos y abonan sus gastos de combustible, peaje, alojamiento y comida con sus haberes; c) al personal político no se les provee de telefonía celular y abonan de su propio peculio las comunicaciones interurbanas que realizan para gestiones oficiales;d) el personal no percibe Sueldo Anual Complentaria, e) el porcentaje de gastos de representación está sujeto a  aportes y retenciones y equivale a un sueldo  básico; d) el personal político no percibe ningún adiconal o viático como regular o habitual.
Estos gestos, fueron de los más fuertes generados desde la administración y sirvió como ejemplo y base para las futuras discusiones salariales con los gremios municipales

4.-La necesidad de tener certeza acerca de las fechas de ingreso y egreso del personal político y su no permanencia en la administración.

La mayoría de los agentes ingresados a la planta permanente municipal obviaron el cumplimiento de las normas de ingreso a la administración pública desconociendo la categoría de escalafón, lo que aumentó en forma desmesurada el número de agentes y su costo.
La comunidad exigía un compromiso concreto sobre el tema.
Y así, con carácter de norma permanente  se fijó la inhabilitación a los funcionarios políticos para el ingreso como agentes de planta, quedando excluido solamente aquel personal que retuvo su cargo al asumir una función política, cesando la inhabilitación luego de transcurrido un año inmediato siguiente desde el cese de la gestión municipal en la que hubiere ejercido el cargo.
Por su parte,  la prohibición de ingreso de personal en general estableció como única excepción la de los contratados bajo la modalidad de Proyectos Especiales, aprobada por 2/3 del Concejo Deliberante y alcanzadas por la inhabilitación. La única autorización solicitada fue en el año 2000 para el contrato de locación de servicios a 14 personas, con duración de un año, con prórroga a un año más, con determinación del monto y tareas específicas.

5.-La necesidad de reducir gastos superfluos.

Fueron totalmente eliminados los gastos de teléfonos celulares dados en uso al funcionariado político, los reconocimientos por traslado, comidas, viajes, uso de autos oficiales y la utilización indiscriminada de las líneas telefónicas oficiales que se encontraban cortadas por falta de pago.

6.-La necesidad de defender los intereses municipales

En virtud de lo analizado anteriormente con respecto al personal ( ingreso indiscriminado, designación en cargos sin concursos, otorgamiento de categorías elevadas, etc) que desvirtuaron la carrera administrativa, se procedió a analizar todos los casos de ascenso, designaciones e ingresos durante el año 1999-
A los efectos de salvaguardar el correcto ejercicio de la carrera administrativa, se impuso declarar la lesividad de todos esos actos administrativos, por entenderlos ilegítimos y perjudiciales a los intereses municipales por cuanto no observaron los requisitos y condiciones que exigen el Estatuto de Escalafón Municipal y la Ley de Municipios.
Los casos fueron 200 y se rectificaron en sede contencioso-administrativo.
En todos ellos, el Departamento Ejecutivo dejó expresamente aclarado que “no se revocan por el municipio per se los actos administrativos que declara lesivo al bien común, sino que se somete voluntariamente al examen jurisdiccional de las resoluciones y decretos que se declaran lesivos, en actitud de acatamiento a principios incontestables que hacen al estado de derecho”.

V.- Reducción de la Planta de Personal: Sistemas alternativos implementados.

En julio de 2001 la crisis económica del Gobierno Provincial  comenzó a extenderse a los municipios. La falta de pago de los salarios públicos y el lanzamiento de las Letras de Cancelación Provinciales (Bonos) denominadas “Federal”, profundizaron la grave situación social.
La circulación de estos Bonos constituyó una medida coyuntural para el ahogo financiero de la administración provincial, pero en modo alguno sirvió para remediar los problemas que aquejaban a los distintos municipios que registraban altos niveles de endeudamiento.
El Bono llegó a comercializarse al 50% de su valor y su aparición produjo aumentos en los precios de la  canasta familiar, reclamo constante de comerciantes ante la no recepción de la cuasimoneda por sus proveedores y graves irregularidades en la Caja de Conversiones, organismo provincial destinado a su canje.
En diciembre de 2001, el país ingresaba a su décimo tercer trimestre de recesión.
A nivel municipal, los índices de recaudación de tasas municipales sufrieron una fuerte caída, las obras públicas se paralizaron ante la falta de pago de salarios de los Programas Nacionales de Emergencia Ocupacional, no existían posibilidades de articular esfuerzos orgánicos y continuados con  Nación y Provincia y se atrasaron los envíos de coparticipación con una reducción importante.
Se debían buscar y encontrar alternativas, que en el marco de las normas vigentes, permitiera reducir aún más el costo operativo.
Esas alternativas debían ser sin profundizar el conflicto social que ya se vislumbraba, cumpliendo con dos premisas fundamentales: respetar los derechos adquiridos por el personal y la estabilidad laboral.
No se debía utilizar las clásicas recetas aplicadas por la administración pública argentina, para lo cual la declaración de cesantía del personal contratado, era la única salida  posible. Todas las experiencias de este tipo resultaron negativas para el estado, que luego de un periodo de presiones y negociaciones políticas, gremiales y sociales debió incorporar al personal con un costo muy alto. Ese fue el caso de las cesantías provocadas por el Gobierno Provincial en los años 1992 y 2000, las cuales fueron dejadas sin efecto por la Justicia, con efectos  hasta tres años después de dictada la norma, produciendo un reacomodamiento brusco de las estructuras de los organismos públicos, ya que durante ese periodo las vacantes fueron cubiertas por nuevos agentes, lo que resultó, un aumento de personal y de gastos desmesurado.

1.-Regimen  de Jubilación Anticipada

En septiembre de 2001, el Gobierno Provincial  instituye por única vez, el Régimen de Jubilación Anticipada, para los agentes en actividad  que les permite acceder a ese beneficio, sin haber cumplido los requisitos mínimos exigibles  de edad y años de aporte.
Estos dos requisitos se relacionan con el monto a percibir por los agentes y el ahorro a la administración.
El Régimen provincial establecía: a) Percibirán el 82% de sus haberes aquellos agentes que acrediten 30 años de servicios, no simultáneos y 30 años  de aportes efectivos en el sistema de reciprocidad jubilatoria, de los cuales los últimos 15 años  debían ser con prestación inmediata anterior al mes de junio de 2001, sin importar su edad. El ahorro consistía en dejar de realizar los aportes personales y patronales, los cuales ascendían a un 30% del haber del agente en actividad; b) los agentes que acrediten por lo menos 25 años de servicio no simultáneos y con 25 años de aportes en el sistema de reciprocidad jubilatorio de los cuales los últimos 15 años  debían ser con prestación inmediata anterior al mes de junio de 2001, percibirán el 72% de sus haberes y cada uno de los agentes se hará cargo , personalmente de sus aportes a la Caja Jubilatoria hasta alcanzar el 82% móvil. El ahorro proyectado en este caso era de un 32% para la administración con una disminución de los haberes en un 16%.
El Gobierno Provincial invitó a los Municipios a adherirse, pero aclarando que el pago de los haberes del sistema serán a cargo de la administración municipal que depositaría esos fondos en la Caja a fin de las correspondientes liquidaciones.

2.- Aplicación del Régimen de Jubilación Anticipada con variantes en la administración municipal.

La disminución del personal municipal durante el año 2000 fue producto de renuncias, jubilaciones y fallecimientos.
Por eso, y ante la imposibilidad concreta de solucionar los problemas financieros, era necesario adoptar medidas que sin disminuir el salario del trabajador municipal permitieran una sensible disminución en la masa salaria, haciendo posible con ese ahorro el desarrollo operativo de una gestión, limitada a la prestación mínima de servicios.

Luego de analizado el Régimen de Jubilación Anticipada propuesto por la administración provincial se detectó que 74 agentes municipales podrían ser alcanzados por el 82% y 95 agentes por el 72%.
Ante ello, el Municipio decidió adherirse al sistema, pero con ciertas particularidades  que resultaron positivas, al hacerse más atractiva para los agentes municipales, salvaguardando los objetivos propuestos.
Las variantes concretas fueron dos y consistieron fundamentalmente en el respeto hacia el haber del agente municipal y las garantías de estabilidad. 1.-La primera variante tuvo en cuenta  que si aceptábamos la percepción del 72% de sus haberes al agente incluído en el punto b) del Régimen Provincial (Sistema A-25) ellos se verían totalmente disminuidos. Por ello y a fin de no limitar el acceso al beneficio, el Municipio tomaría a su cargo los aportes personales (obra social, jubilación) hasta que alcanzara el mínimo para al Sistema A-30.
Esta medida significó prescindir de un 16% del ahorro proyectado, pero posibilitó que más agentes ingresaran al sistema.
Para hacerlo efectivo se constituyó  un Fondo Previsional que se conformó con el 16% calculado sobre la remuneración sujeta a aportes de los haberes de los agentes incluidos en el Sistema A-25, comenzándose a abonar mensualmente a partir de la fecha de cese en sus actividades.
2.-La segunda variante respondió a la necesidad de garantizar al agente la posibilidad de reingreso a la administración. Conocida como Clausula de Garantía, le permite al agente reingresar y restablecer su situación laboral anterior, en el caso que se altere la proporción de remuneraciones entre el agente en actividad y el adherido al sistema, operando como derecho adquirido hasta alcanzar los requisitos normales para acceder al beneficio jubilatorio.
En diciembre de 2001, 167 agentes municipales  de un total de 169 habían ingresado al sistema.

3.-Eliminación de cargos del Presupuesto

La medida fue complementada con la eliminación del  Presupuesto de los cargos liberados, disposición que se relaciona con el dictado de la Emergencia Económica Financiera en cuanto al congelamiento de la planta de agentes municipales durante su vigencia.

4.-Otras medidas de reducción del gasto en personal

La falta de pago y la tardanza en la resolución de expedientes ingresados a la Caja de Jubilaciones Provincial fue la razón del inicio de un trabajo personalizado en coordinación con el personal del organismo provincial, lo que permitió ayudar a la resolución positiva de 81 Jubilaciones ordinarias en el periodo de 2 años.
Por otra parte,  se rescindieron los contratos de agentes que gozaban de beneficios jubilatorios ya otorgados por los sistemas de reparto y capitalización.

VI.- Reducción de Gastos  en el Presupuesto de Personal: Sistemas alternativos implementados.

1.- Conversión de adicionales remunerativos en no remunerativos

El estudio pormenorizado de cada uno de los ítems que conformaban los haberes de cada agente dio como resultado el detalle de cada uno de ellos así como su costo e incidencia en el presupuesto municipal.
Junto al haber básico se liquidaban adicionales remunerativos, es decir aquellos  sobre los cuales se realizan aportes y retenciones de ley.
En una medida drástica y actualmente no aceptada, se procedió a considerarlos como no remunerativos, aunque no afectaba a los agentes en condiciones de jubilarse ordinariamente por el periodo de 5 años.

2.- Suspensión y derogación de normas dirigidas a privilegiar determinados sectores de la administración.

Eran y son de uso común en la administración la liquidación de adicionales a sectores diferenciados  dentro del organigrama municipal, que no sólo significaban grandes erogaciones sino que además creaba un clima de descontento en el resto del personal.
Algunos adicionales, eran normados. Otros, eran producto de disposiciones internas, por las cuales se otorgaban montos en forma continua o discontinua, que no guardaban relación con la labor que se realizaba o el tiempo de las mismas.
Algunos ejemplos de gestión: a) Personal de Obras Sanitarias Municipal: cobraba un adicional en forma general, a los que se agregaban pagos por horas extras, servicios extraordinarios, días francos. Los códigos fueron eliminados y se aplicó un trabajo por equipos  que disminuyó notablemente  el gasto en horas extras y significó un reordenamiento del personal de ésa área; b) el Personal de Notificaciones cobraba un adicional por notificación realizada, lo cual es paradójico porque su función es notificar. En este caso el adicional se eliminó definitivamente; c) Los inspectores de comercio cobraban un adicional que consistía en el 4% de los reajustes impositivos efectivamente realizados y abonados. Fue eliminado en razón de la falta de transparencia en la liquidación del porcentaje así como de la documentación respaldatoria  de la efectivización del total ajustado.
Estas medidas fueron fuertemente resistida por los sectores beneficiados, pero quienes no eran beneficiados, apoyaron la objetividad de la administración de los fondos y el reconocimiento integral de la labor de todos los agentes municipales.

3.-Eliminación de horas extras y servicios extraordinarios. Trabajos por equipos y francos compensatorios.

En agosto de 2000, las horas extras fueron totalmente suprimidas, estableciéndose  en los lugares de mayor rotación diaria –centros de salud, terminal de transporte, áreas verdes y custodia de espacios públicos- trabajos por equipo, conformando grupos de agentes que prestan esos servicios rotando las 24 hs, lo cual facilita la labor y disminuye costos.
En aquellos lugares donde el trabajo por equipos no puede lograrse como la Seguridad de Escuelas y Balnearios, Cultura  y Turismo, se estableció un sistema de descanso proporcional a las horas extras trabajadas.

4.-Ordenamiento del sistema de trabajo insalubre o tareas riesgosas.

a)Tareas insalubres: son aquellas que se desarrollan en lugares que por las condiciones de trabajo, por las modalidades o por su naturaleza, ponen en peligro la salud de los trabajadores, determinándolas la autoridad administrativa como tales.
La calificación de insalubridad de una tarea debe surgir de una resolución administrativa con fundamento en dictámenes médicos, solo puede ser realizada por mayores de 18 años y atento a que su fundamento legal está dado por la protección de la salud psicofísica del trabajador, se establecen topos máximos reduciendo el horario de prestación semanal de 48 a 36 horas y el de 8 a 6 horas, con prohibición de horas extras.
Un trabajador que cumple tareas en lugares o condiciones declaradas insalubres debe percibir por 6 horas diarias la misma remuneración que el que trabaja 8 horas diarias.
En relación a su vigencia temporal, existe uniformidad en cuanto a que si desaparecen las causas que la motivaron, dicha declaración queda sin efecto.
A fin de precisar en el ámbito municipal el desempeño de estas tareas, se analizaron todas las normas dictadas en ese sentido, establecido en cada caso concreto el área en las que se abonaba al agente un adicional del 20% de los haberes del básico de la categoría.
De ese estudio surgió que existía una clara desviación en relación al concepto de tarea insalubre.
Para fundamentar las medidas a aplicar a)se solicitó a la Dirección de Trabajo Provincial la constatación de las áreas que se consideraban insalubre o riesgosas;  b)se dejó establecido  que toda nueva inclusión de personal debía observar que la autoridad de aplicación constate el desempeño y declararla como tal.
Al iniciar este análisis los agentes que recibían dicho adicional eran  344, los que se redujeron  paulatinamente a 292 en dos años.

b)Tareas riesgosas: son aquellas que consisten en tareas penosas, mortificantes o de riesgo para el trabajador, las que deben ser indicadas e individualizadas y que pongan en peligro cierto la integridad psicofísica del mismo y se realicen en forma permanente y continua.
No existía normativa al respecto, por lo que surge de la autoridad de aplicación determinar el criterio y el modo de calificación.
Por ello fue necesario determinar si esas tareas se realizaban en forma permanente o no, frecuencia o periodicidad, constancias que prueben o acrediten su realización , informes técnicos y profesionales dictaminando sobre ella o las condiciones del lugar de trabajo o la modalidad de las tareas para posibilitar su gradual adecuación a las disposiciones  sobre seguridad e higiene en el trabajo.
Al iniciar el análisis los agentes que cobraban  el adicional eran 65, y ese número se mantuvo hasta el final de la gestión.

VII.- Reducción de Deudas con el Personal: Sistemas alternativos implementados.

La deuda con el personal supuso un grave problema administrativo al no contarse con la documentación que respalde muchas de ellas, y con cada uno de los agentes que reclamaban en forma constante las sumas adeudadas.
El criterio general utilizado fue reconocer exclusivamente aquellas deudas que se encontraban debidamente certificadas.
Al iniciar la gestión, el objetivo era asumir las deudas y abonarlas en cuotas de acuerdo al incremento tributario, sin aumentarlas con el agregado de nuevas deudas.
Luego de un año de intentos frustrados y ya en plena crisis, se tuvo que confirmar que era imposible su pago debido a la profunda baja  en la recaudación  y el no envío de fondos por parte del Gobierno provincial.
Contrariamente a lo que sucede en otros municipios, los agentes de este municipio no poseían privilegios tributarios en cuanto a tasa inmobiliaria y servicio de agua potable sobre los inmuebles de su propiedad.
 Por ello, se comenzó con solicitar las deudas que cada agente tenía con la administración y proponer un sistema que denominamos “Compensaciones de Deudas Recíprocas”.
Previo a implementarlo se realizaron consultas con los gremios municipales. La imposibilidad de pago de la administración y las deudas que los agentes poseían con ella, determinaron que fueran ellos mismos los que solicitaran la aplicación del sistema, extendiéndose las deudas que mantuvieren por propiedades y comercios de terceros, ligados por consanguinidad o comercialmente.
Con autorización del cuerpo legislativo procedimos a establecer un procedimiento y sus alcances.
Así, en el caso de las deudas por inmueble propio, se consideró la antigüedad de las mismas, sin aplicación de multas o intereses  y en el caso de deudas de terceros, sobre inmuebles o comercios se aplicaron multas e intereses, ya que se entendió que los terceros estaban obligados al pago, más allá de la deuda que la administración sostuviere con el agente.
Con la autorización y el consentimiento expreso de las partes, se procedió a compensar las deudas recíprocas, con un sistema que originariamente fue una forma de suplir la falta de efectivo, pero que luego se convirtió en un sistema regular.
El sistema de compensaciones fue un acierto para la administración, utilizándolo no solo en el tema de personal, sino haciéndolo extensivo a las deudas con proveedores.
Si bien la compensación de deudas es práctica corriente en la administración pública, la originalidad de ésta en particular, es su legalidad reconocida por la norma y su procedimiento.

VIII.- Determinación de la continuidad del estado de Emergencia Económica Financiera.

La crisis económica y los cambios institucionales registrados en los meses de diciembre de 2001 y enero de 2002, trajeron aparejados cambios substanciales en la política argentina.
La Ley de Convertibilidad Nacional sufrió modificaciones que alteraron la paridad cambiaria vigente en los últimos 10 años, comprometiendo aún más la situación municipal que en 1999 tomara un préstamo de dos millones de pesos, igual a dos millones de dólares y formalizara pagos en moneda extranjera.
1.-Año 2002
En el año 2002, la deuda se cuadriplicó y las medidas tomadas para el control y disminución del gasto así como las tendientes a recuperar la voluntad de pago del contribuyente, no dieron los resultados esperados y suficientes para alcanzar el equilibrio financiero.
Si bien se redujo el presupuesto del rubro personal, las medidas alternativas de reducción del gasto en ese ítem, se aplicaban recién a partir del mes de enero de 2002, en plena crisis, por lo que su resultado era incierto.
El mantenimiento de la vigencia del estado de Emergencia era inevitable para el año 2002.
Sin embargo, en  forma  lenta, se comenzó con el proceso de restitución de algunos  de los derechos cercenados durante el periodo anterior de vigencia de la norma.
La Emergencia dictada en el año 2001 suspendía entre otros, la percepción de los incrementos futuros de haberes derivados de los regímenes fundados en aumentos porcentuales percibidos por asignación por año de servicio y/o antigüedad.
Analizados los fondos disponibles y los proyectados, se comenzó a restablecer dicho derecho en tres etapas y por categorías del escalafón, comenzando por las más bajas.

2.-Año 2003
A principios del año 2003, vencida la Emergencia anterior se realizó un nuevo análisis y cuadro de situación.
Con respecto al reordenamiento y disminución de gastos en el rubro personal, los resultados fueron satisfactorios: en enero de 2003, la planta ascendía a 1093 agentes, incluyendo funcionarios políticos, contabilizándose 257 bajas, de las cuales el 45,52% lo fue por habérselos incluidos en el Régimen de Jubilación anticipada.
En porcentajes, el presupuesto de personal disminuyó a 69,71%, más de 3 puntos porcentuales desde el inicio de la gestión en 2001.
Por su parte, la situación económica financiera no mejoró, sino que empeoró, especialmente por la aparición del Bono Federal y su devaluación que causó graves perjuicios.
Para continuar funcionando y brindando servicios, se debieron utilizar métodos de compra directa para productos e insumos, cuyo costo variaba substancialmente debido a la falta de efectivo y a la caída de la Ley de Convertibilidad, a lo que hubo que agregar la pesificación de las deudas contraídas en dólares.
Frente a esta situación, se solicitó la extensión de la Emergencia hasta el 30 de junio de 2003, ya que se necesitaban las herramientas legales que ella otorga para continuar el proceso de profundización de las medidas dictadas.
Los objetivos, después de 3 años, se habían cumplido parcialmente.

IX.- En busca de una nueva organización interna.

Al inicio de la gestión, la definición de una nueva estructura orgánica no fue tarea fácil.
La estructura de ese momento era básica e indispensable, compuesta por 4  Secretarías: Gobierno, Hacienda, Acción Social y Obras y Servicios Públicos.
Cada una de ellas se encontraba subdividida en direcciones, departamentos, divisiones y áreas.
La organización respondía a los intereses sectoriales de los agentes municipales y la vigencia de normas que establecían la correspondencia de una categoría del escalafón al lugar ocupado dentro del organigrama fue degenerando el sistema hasta convertir algunas áreas en verdaderos estamentos individuales.
Con el pasar de diferentes gestiones , se fueron anexando áreas, para lo cual se designaba mediante decretos a determinados agentes que así ascendían de categoría, considerando muchas de ellas, como cotos de caza políticos.
Había que modificar integralmente el organigrama, aunque existieron diferencias que no coincidieron con la profundidad de la reforma y si bien se introdujeron algunos cambios, no fueron suficientes.
Las modificaciones introducidas fueron: a) la creación de la Secretaría de Control de Gestión cuyo objetivo fue analizar los procedimientos administrativos y reformarlos –si fuera necesario- adaptando las estructuras administrativas a las nuevas y cambiantes necesidades  vecinales. Bajo su dependencia funcionaron el Departamento de Recursos Humanos y el Ente Controlador de Servicios Públicos; b) la creación de direcciones eminentemente sociales como la de Promoción  a la Comunidad,  Niñez y Familia y Juventud  dentro de la Secretaría de Desarrollo Social; c) la creación de la Dirección de Hacienda y Dirección de Rentas a fin de profundizar las técnicas y metodologías de recaudación.
Sin embargo, durante 3 años siguieron subsistiendo innumerables subdivisiones y áreas.
Recién en el último año de gestión, en 2003 se adecuó   un poco más a la realidad de la organización.
Mediante un largo proceso, con participación de los agentes de cada área, se dictaron normas internas de organización, considerando el trabajo que realizaban, las personas que ocupaban esos cargos y la necesidad que cada una de ellas tenía para el logro de sus objetivos.
Las vacantes producidas produjeron un vacío en áreas fundamentales para el desarrollo del proceso administrativo y la prestación eficiente de servicios, lo que trajo como consecuencia que funcionarios políticos  asumieran funciones de jefes de carrera, lo que a todas luces era irregular e ineficiente.
Esta realidad impuso la necesidad de establecer una nueva organización interna acorde a las necesidades. Se necesitaba comenzar con el proceso de concursos y el ingreso de nuevo personal para que los funcionarios pudieran desprenderse de las tareas eminentemente administrativas.
En el mes de junio de 2003 se elevó el proyecto para la modificación del Organigrama.
Su estructura diferenciaba en forma expresa las  áreas consideradas políticas de aquellas administrativas, a cargo del personal de planta, lo que permitió visualizar en forma sencilla la composición del mismo, otorgando al personal municipal la seguridad y la confianza de una estructura acorde con la disponibilidad de  los recursos humanos  existentes.
Introdujo los Departamentos de Salud y Educación y creó el Departamento de Policía Municipal.
Pero la innovación más importante, que ya existía de hecho desde el año anterior, fue la de lograr introducir dos Unidades, de Servicios y Técnica en la Secretaría de Obras y Servicios Públicos.
De las dos, la Técnica intentaba a la vez que profesionalizar el proceso administrativo dentro de la Secretaría, lograr el desprendimiento de ese proceso de las tareas que en la práctica desarrolla el Secretario del área; una tarea de seguimiento y control de obras, lo cual no era posible de ocuparse exclusivamente de la burocracia diaria.
La unidad Técnica se encontraba a cargo de un profesional de carrera, mientras que la de Servicio, de un funcionario político consustanciado con los objetivos de la gestión.

X.- Escalafón del agente municipal: un proyecto innovador.

2003 fue un año electoral en la República Argentina, en Entre Ríos y el Municipio de Concepción del Uruguay.
Plantear una reforma del Estatuto  del agente municipal, para considerar ascensos de categorías planificados para los próximos 4 años, fue un gran desafío.
Normalmente, el último año de gestión es utilizado por los agentes para lograr categorías y ascensos, así como beneficios para el próximo gobierno.
Debatir modificaciones significó iniciar un proceso de dialogo con sectores altamente politizados, lo que hizo que el eje del proyecto y su importancia, se tiñeran de intereses que poco tuvieron que ver con el interés municipal.
Sin embargo, el equipo consideró importante remitir el proyecto, más allá de su aprobación, a fin de dejar claramente definidos los objetivos de la gestión.
Se comenzó por respetar integralmente el proyecto realizado por el Tribunal Administrativo Municipal, en lo que respetaba cuestiones de fondo, pero atendiendo fundamentalmente a los recursos necesarios para su implementación, formalización y etapas transitorias.
Así, se consensuaron las etapas del proceso de instrumentación de la norma: 1ra Etapa: a partir del mes de agosto de 2003, para los agentes con una antigüedad mayor a 15 años, 2da Etapa: a partir del mes de agosto de 2004 para los agentes con una antigüedad mayor a 10 años, 3ra Etapa a partir de agosto de 2005 para los agente no incluidos en los tramos anteriores con categorías menores a la  19, 4ta Etapa a partir del mes de agosto de 2006 para los agentes incluidos en el escalafón jerárquico ( categorías 19 a 24).
Este sistema de aplicación gradual permitiría planificar el crecimiento tanto cualitativo como cuantitativo de la planta de personal para los próximos 4 años, brindando seguridad a los agentes en cuanto a la continuidad de la carrera administrativa, no dependiendo de los vaivenes políticos.
El nuevo Escalafón buscó recuperar el respeto hacia la carrera administrativa municipal, degradada y desordenada.
Se trató de obtener  una norma que exprese la transparencia en los nombramientos, el aumento del margen de creatividad y flexibilidad  tanto de los órganos decisorios como de los administradores, todo ello con el fin de mejorar la contracción al trabajo y obtener mejores resultados que permitan una administración eficaz y controlada puesta al servicio de toda la comunidad.

1.-El proyecto

El proyecto modificaba un solo artículo del Estatuto de Estabilidad y Escalafón para el agente de la administración municipal, que establecía “la  carrera administrativa del personal se llevará a cabo de acuerdo a las normas establecidas en el Estatuto y las que se dictaren reglamentando el Capítulo  Ascenso, vacantes y Promociones”                       
El Estatuto fue sancionado en 1975 y nunca fue reglamentado ni observado el procedimiento, lo que produjo un enorme desequilibrio causado por el aumento desmesurado de personal y la no observancia de los requisitos mínimos de ingreso.
Se había  convertido con el tiempo en un elemento perturbador de la indispensable equidad que debe primar entre los agentes públicos que conforman una organización.
Fue necesario comenzar a revertir la situación en un proceso de regularización que no se agotara en el simple hecho del ascenso automático, sino que buscara el logro del reconocimiento a las individualidades.
Optimizar el funcionamiento de los distintos estamentos municipales, estimulando además al personal hacia la capacitación, especialización y superación.
El proyecto agrupa el personal en diferentes grupos que delinean sus categorías de ingreso y ascenso, grupos que se determinaron en función del lugar donde cumplen sus tareas y la preparación técnica, profesional o idónea de los agentes.
Se conformaron 4 grupos: a)Personal de Ejecución, b) Personal de Conducción, c) Personal de Salud Pública y de d) Personal de Educación.
En cada uno de ellos se establecieron tramos de acuerdo al nivel de estudios, el cual combinados con la antigüedad  en sus tareas, define su categoría de ingreso y el ascenso automático en estas primeras etapas.
La planificación y programación obedece a la necesidad de reconocer situaciones de hecho, que no podían ser reformuladas  por el tiempo transcurrido , ya que afectarían en alto grado a los agentes en esas condiciones y ahondarían la crisis financiera del municipio, si se realizara una recategorización masiva presupuestariamente no contemplada.
A fin de mantener el equilibrio económico, se dispuso que la promoción automática por permanencia anual sólo se efectivizaría  una vez culminadas las 4 etapas programadas.
En relación a los concursos la cobertura de las vacantes serían cubiertas de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria y la importancia de la misma.
A fin de asegurar la participación de todos los agentes en esta primera etapa de Concursos, por única vez, se les daría la posibilidad de concursar a todos los agentes de planta permanente, en primer término, con restricciones en cada caso concreto y una especial atención a sus antecedentes disciplinarios.

2.-Observancia y permanencia.

Para asegurar la observancia y permanencia en el tiempo de la norma, se conformó una Comisión de Aplicación y Seguimiento integrada por los diferentes sectores en coordinación con el Tribunal Administrativo, al cual se buscaba revalorizar.
El Tribunal Administrativo sería el garante del cumplimiento de la norma, funcionando bajo su dependencia el Instituto de Capacitación y Estudio de la Administración Pública Municipal, el cual analiza genérica e individualmente las situaciones planteadas en torno a las normativas vigentes y a aprobarse  relacionadas al personal, así como las falencias de capacitación y orientación que se puedan evidenciar en el cumplimiento de los objetivos de cada grupo.

3.-La aprobación

Existió un gran debate entre los agentes municipales, con aprobaciones y críticas.
Las críticas se orientaron principalmente a los parámetros elegidos para comenzar el reordenamiento de la planta y especialmente, a la exclusión, dentro de ella, de toda mención a los agentes contratados.
No obstante, el proyecto permitió sentar las bases del inicio del camino en el otorgamiento de la autonomía  a la carrera administrativa con independencia de la autoridad política de turno.

XI.-Conclusiones

Hace 15 años

Cuando se asumió la gestión se tenían objetivos y funciones claros en cuanto a la crisis institucional y económica que vivía la Municipalidad  de Concepción del Uruguay, donde la percepción del ciudadano y de los agentes municipales  era totalmente negativa, debido fundamentalmente a la falta de diálogo, ocultamiento del estado real de las cuentas municipales, el falso triunfalismo de final de gestión que no se condecía con lo percibido por la sociedad.
SABER era nuestro mayor objetivo durante los primeros meses del año 2000.
Pero fueron cambiando y adaptándose a la crisis más profunda de la República Argentina en los últimos 25 años (la última se había producido en 1989 con una inflación anual de más del 100%).
La grave situación económica, las negociaciones emprendidas con los acreedores públicos y privados, el análisis pormenorizado del estado de todas las causas judiciales y los reclamos diarios, enfrascaron el equipo  en sólo ordenar y replantear todos los objetivos planificados.
Abonar los haberes de los agentes municipales en tiempo y forma, sin producir más conflictos en una comunidad devastada, la urgencia de bajar costo en todos los ámbitos y lograr continuar con la prestación de los servicios básicos, se convirtieron en los nuevos desafíos.
Los cambios abruptos económicos y políticos del Gobierno Nacional imposibilitaron la continuidad de los programas nacionales y las obras públicas con financiamiento externo.
Durante dos años -2001-2002- los argentinos convivieron con una crisis que planteó conflictos sociales e individuales, con un sentimiento que dejaba traslucirla en cada caso , reflejada en las actitudes del equipo tanto  como profesionales y  más aún como seres humanos.
El equipo trabajó en ese contexto de urgencia. Se lograron pequeños triunfos y muchas derrotas.
Pero al final, sobrevivió.
La gestión municipal culminó el 10 de diciembre de 2003, esperando que la nueva gestión, en los próximos 4 años , le diera continuidad al esfuerzo emprendido y al aporte de nuevas ideas.

2008

En el año 2008, la Provincia de Entre Ríos sancionó su nueva Constitución.
Incluyó en su articulado, muchas de las soluciones a los problemas que enfrentamos.
Asi, el art. 35 establece: “Contener el gasto en personal El Estado adoptará las medidas necesarias para la operatividad progresiva de los derechos y garantías reconocidos en esta Constitución, conforme lo establece el artículo 122 inciso 8º. El equilibrio fiscal constituye un deber del Estado y un derecho colectivo de los entrerrianos.
El art 122: “Corresponde al Poder Legislativo: inc25º. Facultar al Poder Ejecutivo, con la mitad más uno de los miembros de cada cámara, para contraer empréstitos o emitir fondos públicos con bases y objetos determinados, no pudiendo ser autorizados para equilibrar los gastos ordinarios de la administración.      Los papeles de crédito público emitidos, llevarán transcriptas las disposiciones de la ley autorizante.En ningún caso la totalidad de los servicios de los empréstitos comprometerán más de la cuarta parte de las rentas de la Provincia y, ni el numerario obtenido de los mismos, ni los fondos públicos que se emitan, podrán ser aplicados a otros objetos que los determinados por la ley de su creación.”, en referencia a la emisión de Bonos o cuasimonedas.
El art. 247 del Régimen Municipal: “Los municipios podrán contraer empréstitos, destinados exclusivamente a la inversión en bienes de capital o en obras y servicios públicos de infraestructura, no pudiendo ser autorizados para equilibrar los gastos ordinarios de la administración. Se requerirá la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros del concejo deliberante. En todo empréstito deberá establecerse su monto, plazo, destino, tasa de interés, servicios de amortización y los recursos que se afecten en garantía. Los servicios de amortización por capital e intereses no deberán comprometer, en conjunto, más del veinte por ciento de la renta. En situaciones excepcionales, debidamente fundadas y con el voto de las dos terceras partes de la totalidad de los miembros del concejo deliberante, podrán contraer empréstitos para financiar gastos corrientes, los que deberán tener fecha de vencimiento y ser cancelados durante el período de la gestión de los funcionarios que los suscriben.
El art. 248 establece un tope para los embargos a los Municipios: “Esta Constitución declara que los recursos de los municipios y comunas son indispensables para el normal funcionamiento de los servicios públicos, independientemente de que aquellos como personas jurídicas públicas puedan ser judicialmente demandados, sin necesidad de autorización previa y sin privilegio alguno.  Si fueran condenados al pago de una deuda, sólo podrán ser ejecutados en la forma ordinaria y embargadas sus rentas hasta un veinte por ciento, presumiéndose que la proporción restante como así también los recursos propios serán destinados al pago de emolumentos remuneratorios, de carácter alimentario y a la satisfacción de obras o servicios públicos esenciales, cuya prestación no puede cancelarse, suspenderse o diferirse sin afectar la cobertura de necesidades básicas de la población. Se exceptúan de esta disposición las rentas o bienes especialmente afectados en garantía de una obligación.Por ordenanza podrá autorizarse un embargo mayor, que no podrá superar el treinta y cinco por ciento de sus rentas.”
Se estableció, además , la obligatoriedad de la presentación jurada de bienes por parte de los funcionarios: art. 116º: “Quedan obligados a presentar declaración jurada de sus bienes el Presidente Municipal y Vicepresidente Municipal, los secretarios, subsecretarios, directores, jueces de faltas, concejales y empleados municipales que tengan facultades para disponer o administrar fondos fiscales, tanto al comienzo como al término de cada gobierno, sin perjuicio de las obligaciones emergentes del acto de tomar posesión de sus cargos o cesar en los mismos. A tal efecto, la Contaduría municipal deberá crear un registro especial protocolizado y estará obligada a comunicar el incumplimiento de lo dispuesto precedentemente, tanto al Departamento Ejecutivo como al Concejo Deliberante.”
Por su parte, la decisión del Gobierno Nacional de establecer un   Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal que se implementó en el Sector Municipal avanzó en la aplicación de un régimen consolidado de reglas fiscales, normas presupuestarias y reglas de procedimiento, que brindan una mayor coordinación, previsibilidad y transparencia a las cuentas públicas de las jurisdicciones adheridas.
Uno de sus objetivos era contener el gasto en personal y para ello, las Ordenanzas Municipales, establecieron topes presupuestarios para el personal municipal, que en general, establece que solo un 60% del presupuesto se puede destinar a ese rubro.

2015

Actualmente, institucionalmente, el Estado vuelve a encontrarse en una situación latente de crisis, debido al alto gasto, la pérdida del equilibrio fiscal y la incorporación de personal, ya no por los sistemas de ingreso establecidos, sino a través de los denominados “contratos basuras de la administración”, que pueden plantear legalmente su incorporación a la planta permanente y producir un desfasaje presupuestario imposible de reordenar sin objetivos claros, concretos y posibles.


Dra. María de los Angeles –Secretaria de Control de Gestión
Municipalidad de Concepción del Uruguay 1999-2003
Intendente: Dr. José Eduardo Laurito
Directores: Dr. Carlos Ihlo,  Dr. Andrés Herbón. Antonio Justo Parma