viernes, 4 de octubre de 2019


El Fallo de la Corte reafirma indirectamente el sistema federal argentino

La Dra. María de los Ángeles Petit, asesora del Intendente de Concordia, Enrique Cresto y Presidente de la Asociación de Estudios Municipales para Argentina y Latinoamérica, expreso que el fallo de la Corte es ejemplar, porque respeta la Constitución Nacional y la Ley de Coparticipación.

“Cada medida que retrae fondos de los impuestos coparticipables, hace más pobres a las provincias y centraliza el poder en el gobierno central. Si hay modificaciones deben hacerse por ley y no por un Decreto que   para ser validado tendría que haberse tratado en el Congreso Nacional.”

“Es importante la decisión judicial porque pone un límite al Gobierno Central y reconoce que esos fondos pertenecen a las Provincias y no pueden ser objeto de políticas antojadizas para implementar políticas populistas sin una planificación a largo plazo”.

“Demasiado han perdido las provincias y por ende los municipios desde 1983 a la fecha y es momento de comenzar a encauzar el sistema de distribución de recursos entre la Nación y las Provincias, en los porcentajes que determina la ley vigente”,

 El fallo está siendo criticado y analizado solo por el oficialismo, lamentablemente no dejan escucharse las voces del interior de este país, que son los que sufren el atropello  de las administraciones centrales que cada vez nos obligan más a vivir con recursos prestados, cuando los nuestros, son utilizados para dictar medidas que, disfrazadas de necesarias para el ciudadano común, en realidad disminuyen la capacidad de los gobiernos locales para brindar los servicios y la ayuda que cada vecino, en cada ciudad o pueblo de este país espera.

MUNICIPIO Y COLEGIO DE ABOGADOS DE CONCORDIA IMPLEMENTAN LA FIGURA DEL DEFENSOR OFICIAL

En respuesta a una solicitud presentada por el Intendente de Concordia Enrique Cresto, el Colegio de Abogados aceptó abrir un registro para los abogados que quieran oficiar como DEFENSOR OFICIAL en los casos en que se tramitan sumarios y/o acciones disciplinarias en personal de planta permanente del municipio.

“Desde siempre se han producido situaciones en las que los agentes municipales al ser notificados de un sumario se presentan a las audiencias sin un profesional que asegure su derecho de defensa y el debido proceso. Antes, esa figura la ocupaba algún abogado de la planta del Municipio, lo cual para esta administración no es lo indicado. Por eso, le planteamos al Colegio de Abogados la posibilidad de que los profesionales matriculados puedan inscribirse en un listado del cual los agentes públicos puedan elegir si no tienen un abogado personal”, explico la Asesora Institucional del Municipio, Dra. María de los Ángeles Petit.

“Esto va a permitir que los agentes no se presenten con la excusa de que no tienen abogados para su defensa, y a la vez va a transparentar más el proceso administrativo sumarial”.

“Los profesionales no reciben honorarios del Municipio, si de los agentes que deberán abonar lo correspondiente a sus patrocinantes. Creemos que es una figura nueva, innovadora, que permitirá a muchos abogados, sobre todo noveles, a conocer el mundo de la administración pública que suele ser muy diferente a la que se plantea en los libros de la facultad”, finalizó, agradeciendo a los miembros de la Comisión Directiva del CAEER por su predisposición.

Los interesados podrán inscribirse en el Colegio de Abogados de Concordia, estando abierto el registro por veinte (20) días.

martes, 1 de octubre de 2019



Deudas por siempre
Dra. María de los Angeles Petit
Abogada.

Hace 18 años, los municipios entrerrianos no solamente tuvieron que afrontar la crisis política de finales del 2001 y principios del año 2002, sino que, de un día al otro, cuadriplicaron las deudas que por préstamos en dólares habían tomado durante los años 1996 y 1997, en el marco del Programa de Desarrollo Institucional e Inversiones Sociales Municipales (PRODISM), durante la vigencia de la Ley de Convertibilidad y antes de la devaluación.
 A partir de ese momento, el alto valor del dólar hizo que las cuotas llegaran a cuadriplicar su valor, por lo cual los municipios se vieron imposibilitados de cumplir con sus obligaciones. Algunos de ellos optaron por no pagar sus cuotas y otros iniciaron acciones de amparo en la búsqueda de una solución
Desde 2003 hasta 2007 se realizaron innumerables gestiones a nivel nacional para lograr la pesificación de las deudas, existiendo municipios en los cuales las mismas duplicaban y triplicaban su presupuesto anual.
Fue en el año 2007 que por una decisión política del entonces Gobernador Jorge Busti se logró que la Provincia consolidara en pesos las deudas de los municipios, las cuotas vencidas y las liquidadas otorgándoles un financiamiento provincial para abonarlas de 7 años.
El último municipio termino de pagar sus deudas en el año 2015.
En el año 2010 la Corte Suprema rechazo el amparo presentado por la Municipalidad de Gualeguaychú, único municipio de la Provincia de Entre Ríos que no acepto firmar el convenio.
La corte expresó que “la provincia demandada– Entre Ríos– también creó el Programa de Financiación de Deudas Municipales. Por medio de ella autorizó al Poder Ejecutivo provincial a instrumentarlo, y destinar su accionar al efecto a todos aquellos municipios que contrajeron deudas en dólares estadounidenses en el marco del Programa de Desarrollo Institucional e Inversiones Sociales Municipales (Prodism) con anterioridad al 4 de febrero de 2002 (...) A tal fin la norma estableció, a favor de los municipios que ingresen al programa su reprogramación por hasta siete años con un interés del 6%, y la condonación total de los intereses punitorios sobre las cuotas vencidas y no canceladas, y estableció condiciones generales de financiamiento (...) Dichas previsiones legales, que con total evidencia tiendan a morigerar las consecuencias económicas que puedan derivarse de las condiciones originales del endeudamiento municipal resultantes de los señalados subpréstamos, y que tienen por finalidad aminorar los efectos del tipo de cambio que aquí se impugna, no pueden ser desatendidas por el tribunal en la medida en que, en el marco de esta acción de amparo, no se ha acreditado que no tengan la virtualidad de incidir, considerar suficientemente, o hasta neutralizar, la desproporción cuantitativa que se invoca", sostiene la Corte.

Sin embargo, la experiencia y la historia no bastaron para que, en el año 2017, se tomaran nuevos préstamos, a un dólar que parecía estable
Pero nada en la política y en la economía de este país es estable.
Según los datos de la Dirección Nacional de Asuntos Provinciales, desde 2015 hasta el primer trimestre de 2019 la deuda tomada por las provincias creció 363,8%.
En el caso de Entre Ríos, la deuda en dólares alcanza los 740 millones de dólares, un 80% de la deuda total de la provincia. De esos 740 millones, 500 corresponden a un bono en dólares que paga un cupón de 8.75%, con vencimiento en el 2025.
En concepto de intereses, y solo en lo que corresponde a ese bono, nuestra provincia tiene erogaciones anuales de unos 44 millones de dólares o sea unos 2.500 millones de pesos al tipo de cambio oficial de hoy.
¿Refinanciación? ¿Quitas? ¿Espera?  ¿Re perfilamiento?
Todas son formas válidas para reorganizarse, financieramente.
Aunque no son necesariamente válidas para crecer y salir de una crisis en la cual lo económico es solo un elemento.
La crisis es mucho más profunda y no solo podremos superarla con un mejoramiento de las variables económicas.
Educación, cultura, identidad, integridad, compromiso planificación, previsión, deberían ser conceptos que necesariamente se aprehendan se incorporen.
Para no volver al. Pasado debemos no cometer los errores del pasado.
 Fácil de analizar. Difícil de practicar.