miércoles, 16 de julio de 2014

Los hechos positivos hay que destacarlos: Proyecto de la Senadora Nacional Kunat: opinión.

Si bien tengo diferencias políticas con la Senadora Nacional Sigrid Kunat, profundas e importantes, nobleza obliga a reconocer los hechos positivos.
El problema de la violencia de género, un flagelo social con muchas aristas y muy complejos, no tiene banderías políticas y es importante que aportemos todos ideas y propuestas para, al  menos, moderar su impacto en la sociedad y en el núcelo familiar


Petit destacó la iniciativa de Kunath pero, criticó la inacción del Coprev

Fecha: 16/07/2014  Hora: 08:00  

- La ex legisladora nacional entrerriana, 'Cielo' Petit, en diálogo con RADIO LA VOZ manifestó estar de acuerdo con el proyecto de la senadora nacional de impedir que sea admisible la suspensión del juicio a prueba cuando se trate de un delito cometido mediando violencia de género contra las mujeres; Así también, aprovechó la oportunidad para recordar que, desde su creación, el Consejo de Prevención de la Violencia (Coprev) “no ha hecho absolutamente nada” para implementar políticas para prevenir y sancionar la violencia de género
Expresiones de la ex diputada nacional de Entre Ríos, María de los Ángeles Petit - RADIO LA VOZ.




La senadora nacional Sigrid Kunath (FPV-Entre Ríos) presentó un proyecto de ley para impedir que sea admisible la suspensión del juicio a prueba, más conocido como “probation”, cuando se trate de un delito cometido mediando violencia de género contra las mujeres; Según indicó la legisladora, ya hay jurisprudencia al respecto pero “es importante” que los cambios se puedan plasmar en el texto de la ley; La iniciativa se encuentra en análisis de la comisión de Legislación Penal

El proyecto ya está presentado y lo que prevé es una modificación al Código Penal para que en aquellos casos en que exista un delito en el cual hubiera mediado violencia de género, no sea admisible la suspensión del juicio a prueba, “por supuesto que en este sentido ya existen antecedentes en la jurisprudencia, está en caso Góngora y que esto marcó de determinada manera cuál era la línea que se debía seguir en sede judicial. Pero esto es jurisprudencia, por tanto nos parecía importante que esto tuviera recepción en el texto de la ley y por lo tanto hemos presentado ese proyecto que así lo establece”, indicó Kunath. Informó que el proyecto está “en comisión de Legislación Penal”, para su análisis.

El proyecto propone modificar el artículo 76 bis del Código Penal, sumando a los casos donde no procede la suspensión del juicio a prueba, los delitos cometidos mediando violencia de género contra la mujer.

La redacción actual del art. 76 bis del Código Penal establece que “el imputado puede ofrecer hacerse cargo de la reparación del daño y el juez decidirá sobre la razonabilidad del ofrecimiento pudiendo la parte damnificada aceptar o no dicha reparación”, según indicó la Senadora Nacional, “esto puede permitir que el juicio se suspenda y no se pueda probar si la persona fue efectivamente culpable o no”.

“Si bien esto es útil para descomprimir la tarea de los juzgados y fiscalías frente a delitos menores, considero que en el caso de violencia de género, la mujer víctima de un delito rara vez se encuentra en una condición de igualdad para negociar, ya que hay muchos factores que influyen y pueden inducirla a perdonar a su agresor y dejarla expuesta a la misma violencia que denunció, con lo difícil que es para estas mujeres animarse a visibilizar estas situaciones”, explicó la legisladora.

“En lo personal –manifestó Kunath- me siento en la obligación de plantear que esto se transforme en una ley y me animan tantas mujeres anónimas cuyos derechos son vulnerados sin que en algunos sectores esto sea tratado lo que es: un delito”.

Cabe destacar que en los últimos tiempos ha habido una serie de decisiones de jueces de primera instancia que concedieron este beneficio a imputados en delitos cometidos en situación de violencia de género en franca contradicción con lo establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación el año pasado en el caso Góngora que, invocando convenciones internacionales de protección de las mujeres que el país ha ratificado, sentó el precedente de no utilizar esta figura procesal en este tipo de casos.

Se continúa así la misma lógica que la Ley 26.738 por la que se derogó la figura de avenimiento del Código Penal, que contemplaba la conciliación o acuerdo entre víctima y victimario de un delito sexual. Y se suma al avance en la legislación penal de protección de las mujeres, donde se destaca la incorporación del femicidio en el Código Penal. Además, se enmarca dentro de lo presupuesto por la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer ("Convención de Belem do Pará"), que fue ratificada por ley en nuestro país y los postulados de la Ley de Protección Integral de las Mujeres.

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