miércoles, 30 de marzo de 2011

Mujeres del Peronismo Federal van a la Justicia por la Equidad de Género

Es la 10.012


29-03-11 Sin embargo advierten que los tiempos judiciales no dejan margen para alguna acción de inconstitucionalidad contra la norma

Paraná. (RN). La concejal del Peronismo Federal de Paraná, Marta Alem, patrocinada por la ex legisladora nacional María de los Angeles Petit de Concordia presentarán ante la Justicia Electoral provincial una acción declarativa de certeza para que se determine la plena aplicación del art; 65 de la Ley 3001 que establece que las listas para la integración de los Concejos Deliberantes deberán respetar el principio de participación equivalente de género asignando obligatoriamente un 50% de candidatos varones y un 50% de candidatos mujeres, principio que ya fue aplicado en las últimas elecciones generales.



La presidenta de la comisión de Equidad de Género del HCD de Paraná, que se presenta en resguardo de los derechos adquiridos por las mujeres en el art. 65 de la Ley 3001 explicó que “la redacción de la ley 10012 recientemente aprobada tiene términos ambiguos que necesitan de la interpretación de la Justicia Electoral para saber cuáles serán las reglas que regirán la confección de listas en el futuro y de acuerdo a ello si se vulneran o no los derechos conquistados en la reforma de la Ley 3001 en 2006, durante el gobierno de Jorge Busti”.



“Estamos totalmente en contra del cupo establecido por la ley 10012 de un 25% pero creemos que los tiempos judiciales no dan como plantear la inconstitucionalidad de la misma, ya que en junio debemos confeccionar las listas para las elecciones generales, por lo cual nuestro primer paso será definir la aplicación plena del art. 65 de la Ley 3001…”, dijo Alem.



Para la concejal “la ley, que fuera aprobada por el Senado y promulgada por el Poder Ejecutivo contiene términos que podrían dejar sin efecto el cupo del 50% en los Concejos Deliberantes que estamos aplicando y que fue el resultado de la lucha de muchas mujeres y de un Gobierno comprometido políticamente”



“El ámbito de aplicación que determina la ley 10012 es en los órganos deliberativos previstos constitucionalmente (art. 2º), que básicamente en la Provincia son la Cámara de Diputados, el Senado y los Concejos Deliberantes. Al reformar expresamente las dos primeras y la de Convencionales Constituyentes y derogar toda otra norma que se oponga a ella, podría interpretarse erróneamente que se deja sin efecto el cupo del 50% de los HCD. Asimismo el art. 3º de la ley habla de toda lista de candidatos a cargos electivos provinciales y comunales y el término comunas puede ser interpretado como municipios, ya que la figura creada por el art. 232 de la Constitución de 2008 para comunidades con menos de 1500 habitantes, todavía no ha sido reglamentada …”.



“Es por ello, – dijo Alem – que en resguardo de los derechos adquiridos por las mujeres entrerrianas que ya están conformando los Concejos Deliberantes y las que serán parte de ellos en las próximas elecciones, es que solicitamos, como paso previo a cualquier acción judicial, que la Justicia Electoral determine con certeza la aplicabilidad de la ley 3001, tal como se aplica actualmente…”, explicó la Concejal(RecintoNet)

No hay comentarios:

Publicar un comentario